¿A quién corresponde pagar el arreglo de una instalación de gas natural en la comunidad?

En la comunidad de propietarios somos 6 vecinos y hay 3 locales. Actualmente había una instalación de gas natural pero por una fuga lo han cortado y nos dicen que el arreglo nos corresponde pagarlo a la comunidad.

Al tener el bloque la instalación anterior, mi pregunta son:

1º ¿es obligatorio hacer frente a este gasto extra, ya que solo un vecino utiliza este servicio según la Ley de propiedad horizontal?

2º Los locales comerciales esttan obligados a pagar su parte, ¿aunque sean almacenes?

3º La recaudacion se va a realizar mediante cuota/s extraordinaria/s ¿a cuánto puede ascender como máximo cada una? Creo que no puede duplicar a la cuota ordinaria

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1-Al tener la comunidad dicho servicio es obligatorio su reparación en virtud del art. 10.1 LPH

2-Están obligados todos los propietarios incluidos los locales a menos que se les haya exonerado en el titulo constitutivo de la comunidad art. 9.1 e LPH

3-No hay limite en la cuotas sólo lo habría si la reparación no fuera necesaria pero no es el caso Art. 11.2 LPH y en este caso el límite sería 3 mensualidades ordinarias y no dos.

Quizá les interesaría convencer al vecino para que cambie de suministro energético para evitar la reparación

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