Bicicletas en el portal

Doy clases particulares en mi domicilio de forma totalmente legal, con alta en RETA, etc..., desde hace unos cuantos años.

Algún alumno viene a mi casa en bicicleta y, sin que yo lo sepa, dado que desde el estudio no puedo controlar algo así, la deja dentro del portal, para evitar robos, vandalismos,...

El otro día, uno de mis alumnos, me comentó que al salir de clase se encontró con que algún vecino le había rajado la rueda con una navaja.

No sé que vecino ha sido, aunque lo sospeche. Pero con independencia del quién, me gustaría saber que normativa existe al respecto de dejar bienes en el portal y, si es el caso, que problemas me podría acarrear a mí dicho suceso. O, si por el contrario, es la comunidad la que puede tener problemas por el comportamiento incívico de algún propietario. Siempre es mejor decirle al chico que deje la bici fuera, que rajarle la rueda...

Tampoco sería normal que yo perdiera clientes de mi negocio porque alguien decida tomarse la justicia por su mano.

Otros vecinos han dejado en el portal los carritos de sus niños y no tengo constacia de que hayan tenido quejas, ya que los carritos han desaparecido del portal cuando los niños ya eran mayores para carrito.

Entonces, ¿unas cosas se pueden dejar y otras no?

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El portal es para lo que es y se le debe dar el uso que tiene. El hecho que nos comenta es un delito y se debe tratar como tal sin tener nada que ver con la comunidad.

Cual de todos los hechos que he comentado es en delito?

Además me gustaría saber si yo puedo tener algún problema si otro alumno deja la bici. Yo no puedo saber si alguno lo hace o no.

Que le rajen las ruedas de la bici es un delito. Si los alumnos dejan las bicis por sistema como aparcamiento está incumpliendo el destino para el cual es el portal, por lo que debería tener el consentimiento de la comunidad.

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