Buzoneo masivo en portal teniendo buzón-cesta

Soy el Presidente de una Comunidad de vecinos en la que me piden actuación sobre un tema concreto: exceso de publicidad por buzoneo. A pesar de instalar un buzón-cesta específico para que depositen la publicidad, los responsables de ello no lo usan, llenando de papeles los buzones que impiden al cartero introducir las cartas en los mismos, además de dar mala imagen y provocar conflictos por higiene (se caen al suelo, etc...). Mi pregunta es para saber si puedo ampararme en alguna Ordenanza, Ley a nivel autonómico o estatal al efecto que pueda prohibir el uso de los buzones propios si hay uno específico para ello y obligar a los agentes de buzoneo a usar el instalado.

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Con los datos que aportas, es un poco difícil determinar exactamente la responsabilidad en la proliferación de publicidad en la comunidad de propietarios. Un elemento tan sencillo como saber si los buzones se encuentran fuera del edificio, en la pared de la entrada, o dentro, en una zona cerrada. Sobre todo porque en el primer caso, la posibilidad de ejercer un control real es mínima. Lo único que se puede hacer es poner carteles indicando que no se desea recibir publicidad.. y llamar por teléfono a la empresa que se anuncia, indicando que se va a denunciar el reparto no deseado a las autoridades (generalmente, funciona esta amenaza). Si los buzones se encuentran en las zonas privadas de la finca, es decir, dentro del edificio o con una barrera física con respecto a la calle, esto supone que los repartidores están contando con la ayuda de una persona del edificio, o del portero, que les facilita el acceso. Lo más adecuado sería poner carteles indicativos en todas las zonas comunes, donde se especifique claramente que la política de la Comunidad es prohibir el acceso a la finca de personas no identificadas y penalizar el reparto de publicidad. Solamente contando con la colaboración de todos los vecinos se podrá conseguir un resultado satisfactorio. Ayuda bastante el comentar que ciertos ladrones se hacen pasar por repartidores para acceder a los edificios y preparar sus robos.
En lo que se refiere a normativas que regulen estas actividades, no existe nada a nivel nacional, ni tan siquiera en cuanto a Madrid propiamente dicho, pero sí hay varios municipios pioneros. Te incluyo extractos de dos artículos de prensa sobre el tema:
Por ejemplo, "en Fuenlabrada, la normativa, aprobada la semana pasada, castiga con multas de hasta 3.000 euros comportamientos incívicos como escupir en la calle, sacudir el mantel por la ventana o hacer pintadas. Pero uno de sus puntos más novedosos es que ofrece a los ciudadanos la posibilidad de blindarse contra la publicidad masiva en los buzones. Advertencia: no dejar publicidad
Se trata de un sistema pionero en la región que, según Oliva, ya ha puesto en marcha con éxito en el Ayuntamiento de Palma de Mallorca. Las comunidades de vecinos interesadas deberán pedir al Ayuntamiento un distintivo oficial para exhibir en el portal.
En él se advertirá que el edificio, en virtud del artículo 13 de esta ordenanza, "no admite publicidad indiscriminada". Así, los vecinos tendrán una base legal para denunciar a los anunciantes si éstos no respeten su decisión de no recibir propaganda.
http://www.20minutos.es/noticia/119550/0/ordenanza/prohibe/buzoneo/
"El ayuntamiento de Ejea de los Caballeros ha aprobado un nueva ordenanza de Limpieza Viaria y Residuos Sólidos Urbanos que entre otras restricciones, prohibirá el buzoneo en el exterior de los edificios. Una actividad que podría ser sancionada hasta con 900 euros de multa.
La nueva normativa --que entrará en vigor tras una reunión el próximo viernes entre el ayuntamiento comerciantes y empresas de publicidad-- responde al propósito municipal de controlar la suciedad que presentaba la localidad en los últimos meses. Una situación que ha provocado las quejas de varios vecinos.
Uno de los puntos importantes del documento es el del reparto de publicidad. En este sentido, la ordenanza establece que sólo se podrá colocar publicidad en el interior de los edificios o en los buzones cerrados, pero no en los portales, ni siquiera en los buzones abiertos que las comunidades de vecinos ponen para tal efecto en los portales.
Para asegurar el cumplimiento de esta ordenanza se han tipificado una serie de sanciones que se encargará de ejecutar la Policía Local. Estas podrán tener un carácter leve, dotadas con hasta 150 euros de multa, grave, entre 150 y 450 euros, y muy graves, de 450 a 900.
http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=162947
De todas formas, creo que con un poco de colaboración de los vecinos, y sobre todo llamando para protestar a las empresas que se anuncian, se pueden conseguir resultados satisfactorios. A tu servicio para cualquier duda o necesidad de más información, recibe un cordial saludo de Vilainmatou.
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Te voy a dar la mejor respuesta posible mira yo soy presidente de una cominudad como tu tenia el mismo problema cesta fuera cartelito para publicidad encarandome con los repartidores que venían y algunos llamaban diciendo cartero la gente les abría y luego los típico problema que nadie quiere las ortabillas y las dejan en una ventanita que tenemos bien la cosa se rompió el telefonillo de portero

Y bueno como estaba viejo decidimos cambiarlo y en la empresa tenían uno uno un poco más caro pero mucho mejor de echo me fijado que muchas casas empiezan a ponerlos tienen una cámara de video con la cual ves a los supuestos carteros y tiene unos números con los cuales si tecleas una contraseña se abre la puerta sin llave la cual dimos al cartero q viene y dijumos los vecinos q no habrán a nadie no sea el cartero y solucionado ara nos entra un 2% de la publicidad por q siempre hay alguno q pasa detrás de un vecino y el vecino no le dice q no pase pero vamos como mucho me encuentro al mes un par de ortabillas

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Soy el director de una agencia de publicidad que trabaja en la Comunidad de Castilla y León, y estoy bien informado sobre el tema;

El 98% de las comunidades de vecinos tienen puesto el cartelito del decreto ley del reglamento de correos, pero lo cierto, es que nosotros nos regimos por la Ley General sobre la Publicidad, la cual, obliga a los repartidores de publicidad a depositar los folletos en los buzones particulares de las personas o zonas a las que va destinado el folleto, o en su defecto, en algún lugar habilitado para ello, siempre dentro del portal de los edificios.

La Ley sobre la Limpieza y el Uso de la Vía Pública y residuos en general, dice lo siguiente en su artículo 15- punto 4:

Los repartidores de publicidad tendrán prohibido depositar publicidad fuera del portal de los edificios o en cualquier lugar en el que los folletos puedan ser arrojados a la vía pública con facilidad ( como por ejemplo, las cestas exteriores, que en el 99,9% de los casos, están instaladas en lugar no permitido por la Ley, junto a los timbres, fuera del portal ).

SOLUCIÓN:

1_Mas tolerancia con este sector; a fin de cuentas, hace muchos años que se utiliza la publicidad como herramienta de venta o captación de pacientes o clientes en el 95% de las empresas por un motivo muy importante, porque funciona!

2_Una papelera bien grande dentro del portal para que todos aquellos vecinos que no quiera publicidad, la puedan depositar ahí. Les aseguro, que con la cantidad tan grande de papel que se usa a día de hoy, una vez lo reciclen, seguramente puedan pagar algún que otro mes de gastos de la misma comunidad.

3_Todas aquellas personas que no deseen recibir publicidad en su buzón particular, deben señalizarlo en el mismo con cualquier distintivo que así lo indique.

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Es sorprendente la osadía de este señor Torres, que pretende apoyarse en una ley para vulnerar otras. Pide "tolerancia" para una actividad indeseable como es el invadir una propiedad privada - nuestro buzón- con folletos de distintos tamaños.

Mire usted, la publicidad está admitida cuando usted está interesado en un producto y a cambio acepta que le den un chorreo de publicidad. Por ejemplo, si usted quiere ver un programa de TV eso implica que tendrá que tragarse publicidad también. Si no quiere, desconecta el televisor y punto.

Pero depositar SPAM en buzones NO implica nada de eso. No existe ningún acuerdo por el que el propietario del buzón acepte que usted invada esa propiedad privada. Ni tampoco acepto que porque no haya un aviso de que no se desea publicidad, eso le dan a ustedes derecho a llenar los buzones con su propaganda.

A las COMUNIDADES DE PROPIETARIOS y a los vecinos que estén hartos de este SPAM indeseable, les recomiendo leer este artículo:

Cómo evitar el BUZONEO (publicidad depositada buzones del portal)

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