Cobro de deuda acumulada debida a retrasos en el pago de cuotas de garaje comunitario
Soy el actual presidente de una comunidad de propietarios de plazas de un garaje comunitario. Hace algo más de cuatro años -no sabemos en concreto-, debido a un error informático del anterior administrador -ahora ilocalizable pues cerró su empresa-, se perdieron los datos de contacto y del cobro domiciliado de los propietarios de varias de las plazas de garaje. Algunos pudieron justificar sus últimos pagos con lo que se les ha seguido cobrando sin problema. Sin embargo hay tres propietarios que no guardaban los recibos ni han podido obtener extractos bancarios, pues han cambiado de entidad en este tiempo, y desde entonces hasta ahora no se les ha cobrado ninguna cuota mensual (tampoco ha habido derramas extraordinarias). Ahora quiero que se pongan al corriente de pago pero ni ellos ni la comunidad sabemos exactamente en qué mes dejó de cobrárseles la cuota. Hemos revisado las cuentas desde los últimos cinco años, cuando aún estaba el administrador y, aunque no se aprecia ninguna "evasión" significativa, somos incapaces de detectar el mes en que se dejó de cobrar. Una de estas personas alega que, por ley, la comunidad sólo se puede reclamar los retrasos por impago hasta un número limitado de meses. ¿Es esto así? ¿A partir de cuándo le podemos cobrar el retraso si no conocemos exactamente el momento en que dejamos de cobrar?