Revisión de cuentas

Quería saber si se pueden revisar las cuentas, una vez que se han aprobado.

Es decir, si en abril de 2012 se aprobaron las cuentas de 2011, ¿puedo ahora pedir revisión de cualquier aspecto de las cuentas? ¿Puedo pedir que me enseñen facturas? ¿Me puede decir en qué ley - art. Y/o jurisprudencia se basa la respuesta?

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Ustedes han aprobado unas cuentas, eso quiere decir que han aprobado dichos gastos. Tendría que concretar mas lo que quier decir.

Usted puede revisar dichas facturas cuando quiera y si ve alguna irregularidad puede denunciarlo.

Lo que quiero decir es: que quiero ir y pedirle al administrador unas facturas (que sé que no existen, pero lo quiero comprobar antes de poner la denuncia), y quiero saber si él se puede negar alegando que están aprobadas las cuentas.

Y también quiero pedir facturas de otras que imagino que sí existen, pero quiero comprobar que lo han contratado con una persona "que es su amiga" ).

Saludos

Le comentó, las documentación de facturas y demás es de la comunidad pero está en custodia del presidente. Es decir para que usted pueda tener esas facturas debe pedírselas al presidente de su comunidad o que éste le autorice para que el administrador le facilite una copia o se las deje. Así mismo el administrador debería mostrárselas puesto que el es custodio de dicha documentación.

Y no no se puede negar porque hayan sido aprobadas las cuentas.

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