¿Cómo regular el disfrute de las terrazas comunitarias de uso privativo?.

Vivo en una comunidad de 8 propietarios, hasta ahora no habíamos tenido problemas de vecindad para que los propietarios de los primeros usaran las terrazas, pero el inquilino que ha entrado en una de las viviendas, ha entrado en ella haciendo uso y disfrute como si fuera un espacio privado, instalando piscina sin informe, haciendo barbacoas, instalando todo lo que se le ha ocurrido incluso tapando los tragaluces, y esta en ella el espacio de tiempo que le da la gana hasta altas horas de la madrugada.

A través de denuncias a la policía municipal, se han evitado las barbacoas, y se le ha hecho desinstalar la piscina.

Pero para evitar el uso indiscriminado de esta terraza, y las molestias que suponen a mi como vecino, ¿hay algún modo de regularlo y evitar ahora y en lo sucesivo, que el uso de "mi terraza", me cause trastornos?.

¿Hay alguna forma de regularlo que de pie a denunciar los hechos, y puedan impedirse?.

Respuesta
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Aquello que debe hacerse es fijar unas normas de uso de las terrazas estableciendo los horarios, condiciones, prohibiciones y limitaciones que se consideren pertinentes. Aprobarlas en una Junta de Propietarios, y si es necesario, exponerlas en el tablón de anuncios de la Comunidad, fijas señales o carteles que determinen la forma de uso de las mismas.

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¿Se puede regular igual si son privativas que si no lo son?.

La verdad es que tampoco sabemos exactamente lo que es privativo o no, ya que en las escrituras de la propiedad horizontal no figuran las terrazas, aunque el acceso se hace desde sus viviendas.

Gracias de antemano por la atención.

Se pueden regular, sean tanto de uso privativo como si son comunitarias. En ambos casos el titular de las terrazas es la Comunidad de Propietarios, y como tal puede regular el uso y disfrute de las mismas siempre que se atenga a lo dispuesto en la ley y respete las normas del lugar.

Serán privativas si el acceso a la misma esta limitado a una vivienda de una forma exclusiva y no se puede acceder desde un elemento común, y será comunitaria si es posible su acceso sin tener un paso por unidades privadas.

Gracias por tu colaboración, al menos ahora tengo claro los pasos que se pueden dar, sin embargo, sin la intención de buena vecindad es difícil, incluso respetar las normas; cuando en realidad la intención de buena vecindad hace innecesarias las normas.

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