Comunidad de propietarios, obstrucción tubería saneamiento
Soy propietario de un local comercial donde hay obstrucción en una de las tubería de saneamiento del edificio y pasa por el techo de mi local. Me llamo el administrador y me comento si podían pasar a visualizar y mirar las tuberías de saneamiento que pasan por mi inmueble. Yo le comente que si y paso la empresa que envío el administrador. Supervisa las tuberías y dando unos golpes a las tuberías me comenta que el atasco esta en ese sitio. Mi local no esta conectado en esa bajante de aguas residuales hay varias en el edificio. La empresa me dice que va a romper por ahí y procederá a limpiar la tubería. En ese momento le comento que ese tipo de reparación si se puede hacer por otro sitio. Me dice que si pero es mas laborioso. Yo le comento que de momento no le doy permiso para hacer ese trabajo. Seguidamente viene el administrador y me comenta que por ley tengo que dejar pasar a la empresa, yo le comento que le he dejado pasar, pero si quieren hacer el trabajo por este sitio me lo tiene que dar por escrito y que la reparación debe de tener una garantía ( en principio 2 años, no se lo que dice la ley al respecto), porque van a cortar parte del tubo para tener acceso para limpiar y después pondrán un parche. Este arreglo es el que a mi ver me deben de dar por escrito y con garantía, porque si tiene algún problema toda el agua sucia va a parar a mi local. ¿Tengo derecho que esto como les comente me lo tenga que dar por escrito?. El edificio no tiene seguro de comunidad, ¿si ocurre algo de esto por culpa de alguna tubería de saneamiento y sale todo a mi inmueble, como se debe de actuar si los vecinos no quieren saber nada?.