Tengo problemas en mi comunidad de propietarios porque el presidente no aparece

Me gustaría que por favor me ayudara con varias consultas que tengo:
La pasada semana fuimos convocados a una Junta de propietarios por el administrador, no por el presidente, el administrador convoca y no firma nunca por orden del presidente, sino que convoca y firma el mismo y se queda tan ancho. La cosa no queda ahí, la reunión no fue conducida por él. Él no estuvo el Presidente tampoco y la reunión fue conducida por la hermana del Presidente que trabaja con él. Ella no es administradora de fincas, al menos en la página del colegio no aparece como colegiada.
¿Se puede dar como válida la reunión?. ¿Puedo poner en conocimiento del colegio estas irregularidades para que tomen parte en el asunto?.
Estoy harta de que este tipo haga lo que quiera, desde que él está ya voy por la segunda impugnación de acuerdos en los que trata de cargarme con responsabilidades de pago que jurídicamente no me corresponden.
Otra consulta es la siguiente:
Un propietario tiene humedades en su casa. Se supone que el origen del problema es la finca de al lado.
La hermana del administrador propone arreglarle el piso, habla de un presupuesto de 4.000 €, y posteriormente denunciar a la finca de al lado.
Yo manifiesto claramente que no, me parece descabellada la propuesta, primero hay que determinar el origen el problema y en caso de que sea la finca de al lado, tendrá que haber un informe pericial que lo demuestre. En ese caso que sea el propietario quien denuncie y reclame el arreglo. Los daños están en su casa no en zonas comunes de la comunidad. Su casa es un bien de carácter privativo. Ella me dice que el suelo, los cimientos no son del propietario, entonces yo la digo que si son de la comunidad, ¿entonces el resto de propietario podemos plantar un jardín en el salón de esa casa no?.
En fin me gustaría saber su valoración, y en caso de que se demuestre de que los daños los está causando la finca de al lado, si se propone al resto de la junta denunciar como Comunidad. ¿Yo estoy obligada a participar en esa demanda y hacer frente a una derrama de gastos extras para la contratación de abogado y procurador?.

1 Respuesta

Respuesta
1
Si la junta no la ha convocado el presidente o el 25% de los vecinos o de las cuotas la junta no es valida, art. 16.2 LPH pueden impugnarla y el juez les daría la razón revocando todos los acuerdos.
Que no vayan presidente y administrador no tiene nada que ver se pueden nombrar presidente y secretario provisional que pueden ser colegiados o no, lo que si es que el presidente provisional podría ser un vecino.
Podría denunciarle al colegio de su localidad, el colegio si suele exigir que sean colegiados.
En la segunda consulta siento decirle que el suelo, muros de carga, pilares son elementos comunes art. 396 CC Adjunto envío enlace para que pueda verlo http://www.optimizo.es/LEGISLACIONBASICACOMUNIDADES.html
De todos modos si estoy de acuerdo con usted que tendría que ser un perito quien valore los daños, lo primero podría ser llamar al seguro de la comunidad, este suele tener defensa jurídica con lo que podrían reclamar a través de él, en ocasiones es cierto que para evitar males mayores a la comunidad es mejor adelantar el arreglo, hacerlo ustedes controlando que se hace bien y reclamar ese importe aunque deberían consensuarlo con quien vaya a reclamar los daños.
En caso que la junta decida reclamar usted tendría que aportar la parte que le corresponda en base al coeficiente de participación o el medio de reparto establecido en su finca. art. 9.1 e y Art. 14 c LPH.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas