Acceso a garaje comunitario
Soy propietario de una plaza de aparcamiento en un edificio residencial con las siguientes características:
El acceso al garaje se realiza por una puerta automática de una sola pieza (no tiene puertecita de acceso peatonal incluida), esta puerta de acceso se puede abrir desde fuera bien, mediante mando a distancia, o con llave en cerradura inserta en la pared y que activa el mecanismo automático, sin embargo desde el interior del garaje únicamente se puede salir con el mando a distancia.
¿Sería obligatorio disponer de otro método de salida?
¿Debería disponer el garaje de otra cerradura de apertura mediante llave en el interior del mismo (igual que la exterior)?
¿Debería tener la puerta automática una de acceso peatonal?
Si esto está reglamentado en algún sitio agradecería indicación de dónde y en su caso a qué autoridad se pueden "denunciar" estos hechos.
Para mayor información este inmueble está situado en la comunidad autónoma de Andalucia.