Cuando rehabilitamos la fachada de un edificio,¿Qué definiríamos como tal?

Vamos a rehabilitar la fachada, no nos ponemos de acuerdo en si entra el interior de los balcones en la rehabilitación,. Así como barandillas. Por otro lado hay tres vecinos que en su día los cerraron y dicen que los cerramientos son fachada.

El bajo de edificio tiene columnas con una acera y los ventanales son de una tienda.

Les agradecería me explicaran bien qué entendemos por fachada para referirlo así en una próxima reunión. Tengo un libro sobre la ley de propiedad horizontal, pero aún así no nos ponemos de acuerdo.

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La fachada es el cerramiento del edificio que separa el exterior del interior.

Por tanto el interior de los balcones es fachada, las barandillas son fachada, las ventanas y puertas de este cerramiento son fachada, las cornisas, vuelos y elementos decorativos y ornamentales gárgolas, molduras etc.), son fachada, el cerramiento del bajo como tal también es fachada, incluso las columnas del bajo también pertenecen a la fachada pues figuran en los planos de alzado como tal.

Saludos

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Perfectamente explicado. Mi única duda entonces está en el caso de los tres vecinos que cerraron el balcón. Una vez cerrado ese interior es de ellos, o de la comunidad .

El cerramiento de los balcones de sus vecinos es ilegal porque altera sin consentimiento la configuración de la fachada original del edificio y se han hecho posteriormente.(Si todos los vecinos cuando compraron su casa hubiesen tenido estos balcones cerrado si hubiesen sido de la fachada).

Quizá les pueda interesar nuestro servicio de técnico de cabecera para resolver estos problemillas (coste aproximado 1€ vecino y mes). Puede ver sus ventajas en mi blog.

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