Responsabilidad de balcones

En la comunidad donde vivo, hay un vecino que cerró el balcón para ampliar el salón, y ahora dice que tiene humedades provenientes del balcón del piso superior y que no ésta cerrado (yo creo que pudieran ser condesaciones), justo en la parte del techo del salón que corresponde al balcón.
Dicho vecino, se puso en contacto con el propietario del piso superior para que arreglara el suelo de su balcón. Esa persona se dirigió al seguro de su vivienda y al parecer le ha informado que al no ser un elemento privativo, se ha de hacer cargo la comunidad de la reparación de las baldosas del balcón, así como del pintado del techo afectado.
Yo, hasta ahora pensaba que la parte exterior de los balcones como barandillas y muros formaba parte de las fachadas, y por lo tanto de la comunidad, y que el suelo y las paredes internas privativas de cada vivienda, y por lo tanto a cargo de la misma cualquier tipo de reparación.
Quisiera que me aclaradas, si el arreglo del suelo del balcón por su mal estado corresponde a su propietario o a la comunidad, y si en el caso de que fueran condensaciones por no estar cerrado dicho balcón, a quien correspondería. Ah, las escrituras de las viviendas no hace mención a los balcones.

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Los balcones son considerados parte de ña fachada y por lo tanto comunitarios. Los pisos que tienen balcones tienen el uso y disfrute de los mismos. Así mismo están obligados a su mantenimiento ordinario. Esto es en su limpieza y pintado.
El arreglo del suelo corresponderá al propietario o a la comunidad dependiendo del tipo de desperfecto que sea. Si es la superficie corresponderá al propietario. Si es interno (oxidación de hierros de forjado o deterioro del mismo) corresponderá a la comunidad.
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Pues si las escrituras de la vivienda no hacen referencia a los balcones, mucho me temo que aunque sea un contrasentido tiene razón el seguro y que por tanto tendrá que hacerse cargo el seguro de la comunidad quién a su vez tratará de pasarle el muerto al seguro de la vivienda.
De todos modos, hay temas a considerar. Cuando un balcón no está cerrado se sobre-entiende que va a recibir agua de lluvia y tendrá una caída que permite desaguar hacia las bajantes. Si no se realiza un mantenimiento de los suelos y sus juntas (como establece el libro del edificio) estas se dañan y aparecen filtraciones por cuanto los forjados o losas sobre los que se asientan los balcones no suelen estar impermeabilizados y eso hace muy frecuente que el piso de abajo observe desde su balcón las humedades de la losa que hace de suelo del vecino.
Dicho esto, es normal que si cierro la terraza y mi vecino del piso superior no la tiene cerrada a mi me aparezan esas humedades en el interior. Es una cuestión de responsabilidad del vecino, pues no, normalmente esa parte quedaría vista a la calle y formaría parte de la fachada del edificio por tanto el encargado de hacer las reparaciones sería la comunidad.
Ahora bien el cerramiento del vecino es un elemento añadido a posteriori que complica todo el proceso por cuanto a mi parecer es normal que aparezcan esas humedades.
Respecto de la condensación, podría ocurrir en zonas cercanas al cerramiento pero es fácil determinar por su aspecto si forman parte de una condensación o si existe filtración desde el piso superior.
No obstante, el caso sería el mismo, pese a haber cerrado la terraza, sigue siendo una parte que corresponde al seguro de la comunidad.

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