Ventanales en fachada
Soy presidente de una comunidad de 25 pisos y varios propietarios me han planteado una serie de preguntas y yo me dirijo a usted por si me puede ayudar.
Le envío un enlace para que pueda ver el edificio. http://www.subirimagenes.com/otros-ccf0912201200000128-8172265.html
Los 15 propietarios de los pisos que dan a la parte delantera tienen problemas con las ventanas, les entra el agua de la lluvia y el viento y me preguntan
Si quien lo tiene que arreglar es la comunidad o son ellos.
Los estatutos dicen que los elementos comunes son los que se describen en el articulo 396 del Código Civil.
El articulo 5º de la comunidad dice:Como elementos privativos a cada propietario de vivienda le corresponden los pavimentos de la misma,
balcones terrazas, radiadores internos, la conducción de la chimenea hasta la superficie del tejado, los armarios empotrados y cualquier otro, con obligación de mantener con carácter individual y en debida forma, siempre dentro de la estética general
Del inmueble y conforme a los acuerdos de la junta de propietarios.
Los propietarios que sus pisos no dan a la calle principal dicen que los ventanales pertenecen a cada uno de los propietarios y los propietarios de los pisos con ventanales al exterior dicen que el arreglo pertenece a la comunidad porque las ventanas es fachada.
Yo tengo que decir que es un edificio de 40 años, los ventanales son de aluminio y que todos los pisos que dan a la calle tienen problemas de agua y de viento.