Endesa. Urgente

He comprado una nueva casa. El contador de la uz esta dentro de la fiunca y no se puede leer desde fuera. La compañía de la luz ha contactado conmigo y me ha dicho que es necesario cambiar le nombre(yo solo he cambiado la cuenta bancaria) Es una instalación antigua. Ahora me piden hacer una revisión para hacer lecturas, aunque me temo que querrán hacer una revisión mayor y "sacarme" algún dinero. En un principio me comentaron que hay una nueva política en calaluña de revisar las instalaciones antiguas. Quería saber que me puede pasar si no les permito acceder para hacer la lectura o revisión, si me pueden cortar la luz y a que me puedo negar, etc... Solo voy los fines de semana y he de pedir libre en el trabajo solo por eso, ya que esta a unos 180 km.. Ellos solo trabajan hasta las 3 de la tarde y hasta el viernes... MUCHAS GRACIAS POR SU AYUDA

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Pueden cortar la luz ya que es obligatorio por ley que las instalaciones estén (más o menos) actualizadas. Para el cambio de titular se requiere una revisión a fin de comprobar que existen los elementos de protección mínimos, que son: el ICP, el interruptor general y el diferencial. No se requiere modificar la instalación interior -salvo que haya un peligro evidente-. Sacar el contador siempre es una opción a tener en cuenta y puede hacerlo un instalador autorizado puesto que se requiere un certificado y cierto papeleo, además de construir una especie de nicho o caseta y posiblemente modificar la acometida.
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Bien, pues lo primero que haría yo es fijarme si tienes IPC, que supongo no tienes. Existe una campaña para "modernizar" las instalaciones antiguas que no tienen ICP. El ICP es un Interruptor para el Control de Potencia, te explico que sin este dispositivo puedes consumir toda la corriente que te permita tu instalación, al mismo precio. Es exactamente igual que un "magnetotérmico" como los que puedas tener en tu cuadro de control y maniobra, ya sabes, la caja que tienes empotrada detrás de la puerta con los interruptores que has de levantar cuando se va la luz. Lo que ocurre es que este siempre está instalado "aparte", para diferenciarse perfectamente de los demás.
Si te colocan un ICP, entonces solo podrás consumir una potencia determinada al mismo tiempo, y a lo mejor tendrás que apagar el aire para encender el horno, o cosas así, para obligarte contrates otro contrato en el que los pasos de corriente te salgan más caros.
En principio, eso es lo único que puede afectarte, porque por todo lo demás, cualquier desperfecto o gasto de mantenimiento en la linea correrá por su cuenta. Para que te hagas una idea, el cable que viene de la calle hasta el contador, es responsabilidad de la empresa suministradora y no puedes negarle el paso hasta ella, dentro de las limitaciones razonables por tu trabajo y disposición claro.
Todos estos problemas desaparecerán cuando contrates a un electricista para que te instale el contador en la fachada exterior, así no tendrán que entrar en tu casa para nada en absoluto.
Hola,
El problema es que es una finca declarada y urbana pero en una zona urbanizable, no urbana. Es decir, es una zona donde de momento no dejan construir y esta pendiente de un plan de urbanización, por lo que poner le contador en la entrada si en un tiempo lo reubican todo, es un poco inútil. ¿Sabes si por ser este tipo de propiedad tengo una consideración especial? Por otro lado, ¿cada cuánto estoy obligado a dar las lecturas? No entiendo porque no puedo darlas por teléfono y ya esta..
Gracias
El problema, es que usted estás manteniendo dentro de su finca unas instalaciones que no son de su responsabilidad y por la que ellos si que tienen que dar explicaciones. Le pongo un ejemplo para que vaya asimilando la idea, que veo aún no entiende:
Si uno de esos cables está en mal estado y provoca la muerte a una persona por no haberse reparado, la empresa suministradora tendrá que indemnizar a la familia del fallecido, sin poder excusarse argumentando que usted no les dejó entrar en la finca.
Así que, mientras mantenga el contador dentro de su finca, ellos podrán entrar con la frecuencia que pueda demostrarse ante un juez que es la correspondiente, incluso a realizar obras si se consideran necesarias.
Este ejemplo nunca se dará, porque la empresa no está para molestar, si quieren entrar es para hacer su trabajo, pues se ganan la vida mucho mejor en otro tipo de faenas.
Y por lo que dice sobre el tipo de finca, en el reglamento de electricidad tan solo se le contemplará como vivienda, como local, o como industria, independientemente de si la tienes ubicada dentro de un bosque, o en medio del pueblo. Si está declarada como vivienda, es una vivienda y no hay más resquicios legales.
No le de más vueltas, o le facilita dentro de lo posible la entrada sufriendo las molestias lógicas, o cambia el contador uvicandolo en la fachada. O le da la llave a un vecino, o le deja la llave debajo de la puerta en un lugar convenido... pero impedirle la entrada para siempre, o darle las lecturas por teléfono, no esta en su mano.
Por cierto, eso que me comenta al final de que no entiende porque no puede dar las lecturas por teléfono, creo que es muy fácil de entender: usted ha contratado un servicio por el que paga un dinero a razón del tiempo que esté consumiendo corriente en su vivienda. Ellos le instalan un contador para saber cuando dinero le ha de pagar, ¿Qué pasa si usted les indica por teléfono un importe mucho menor del que deberían de cobrarle en realidad? Este tipo de empresas tienen por objetivo cobrar todo el dinero posible.
Desde que se inventaron los contadores, se han encontrado formas de falsear las lecturas, y por consiguiente se han implantado sistemas para evitar esas triquiñuelas. ¿Quiere uster saltarse todas las medidas contra el falseo de lecturas, indicando directamente por teléfono las lecturas?
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En todo lo relacionado con las normas sobre instalaciones, hay que consultar
en cada momento las publicaciones del B.O.E. en tal sentido, pero más que eso,
lo que siempre hice yo cuando ostentaba mi cargo de Coordinador de Servicios en
mi propia empresa de instaladores autónomos y que me aportó resultados muy satisfactorios en general, era que iba a tratar el asunto directamente con el responsable de zona del la compañía suministradora y que es en definitiva quien da el visto
bueno o "carpetazo" al asunto.
Por otra parte, si la finca esta ubicada en zona rural es posible que esta
catalogada como finca antigua y en ese caso la normativa le exime del
cumplimiento de alguna normas, entre ellas la de ubicar el contador fura de la
misma.
Lo de cambiar de nombre el contrato, es algo personal entre el antiguo
propietario y tu, por lo que la compañía no se suele intervenir en tal sentido mientras
no exista una notificación del titular del contrato en vigor, pero has de
pensar que para cualquier asunto relacionado tienes que contar con el titular y
si actúas "implantándole" estará cometiendo "un delito".
La experiencia me dice que hacer las cosas bien ayuda "a dormir mejor".
Una razón poderosa que imponga a la compañía la acetación de la ubicación actual del contador dentro de la casa donde por razones de desbitalidad no poeden acceder a el habitialmente, no te la puedo dar, ya que si me pongo en la posición de ellos yo también exigiría una solución que al menos me permita tomar las lecturas libremente y supervisar los precintos de seguridad.
Ponte por un momento en su mismo lugar y seguro que lo comprendes.
¿Te has planteado instalar un suministro de energía solar?
Intuyo que por lo poco que visitas la casa, esta puede ser una solución muy ventajosa para ti, ya que te ahorras gastaos de suministro y muchos inconvenientes de cumplimiento general sobre normativas.
Siento no poder aportar una solución eficaz o contundente al problema
Si tuvieras que dar de alta la instalación en estos
momentos, no te permitirían instalar el modulo del contador dentro de la
vivienda, pero eso no quiere decir que lo tengas de sacar ahora sin más.
Lo primero que la suministradora necesita hacer para
obligarte a realizar la modificación es enviarte una notificación por
correo certificado comunicándote el artículo que corresponda en virtud a la
normativa de actualizaciones en instalaciones domesticas de suministro eléctrico
y en la misma notificación te deben dar los días hábiles que te correspondan
para realizar los trabajos oportunos que además deberás encomendar al
instalador autorizado que tu escojas y no al "espabilao" que te anda "detrás".
Esto tiene toda la pinta de ser obra de un instalador
colaborador de la misma compañía y no de una visita oficial de la misma.
Si le quieres dejar pasar a tomar lectura del contador,
puedes obligarle a identificarse como empleado de la compañía suministradora y
si no lo hace, no tienes obligación de dejarle pasar.
Por otra parte, no temas que te corten el suministro por lo
que alguien te dice telefónicamente que tienes que hacer o dejar de hacer, porque esto no es así. Como te digo, tu pídeles
que te envíen la correspondiente notificación de aviso por correo certificado
para verificarlo y para buscar si corresponde al instalador autorizado de tu
confianza y aclarándoles al mismo tiempo que no te niegas a hacer la modificación
que corresponda pero que quieres que se siga el requerimiento legal.
Hola,
El problema es que es una finca declarada y urbana pero en una zona urbanizable, no urbana. Es decir, es una zona donde de momento no dejan construir y esta pendiente de un plan de urbanización, por lo que poner le contador en la entrada si en un tiempo lo reubican todo, es un poco inútil
por otro lado, ¿cada cuánto estoy obligado a dar las lecturas? No entiendo porque no puedo darlas por teléfono y ya esta..
Ademas todo ha sido bastante extraño. El que me ha llamado me ha comentado que era de endesa, no subcontratado, y ha llamado primero a casa de mi madre, que es un teléfono que yo nunca he facilitado. El teléfono de contacto que me ha facilitado es correcto. Primero se ha sorprendido de que el nombre no este cambiado y por otro lado me ha comentado que no ha habido forma de hacer las lecturas y que "... hay que ver un poco aquello". La instalación es vieja pero no se hasta que punto tengo la obligación de permitirles el paso a otra cosa que no sea la lectura del contador. Cuando se dio de alta ya se dio con permisos, con lo que si ahora entiendo que no tengo porque hacer otro boletín y cambiar el contador afuera... No puedo pagar toda esa obra. Qué puedo hacer la respecto,? Había pensado permitirle solo ver el contador, donde podrá ver el numero, la lectura, y la instalación exterior... pero no entrar en casa... estoy bastante preocupado la verdad.. ¿qué pasa si nunca estoy y ya está? ¿puyeden denunciarme o algo así? no es residencia habitual.. ¿o cortarme la luz? Gracias nuevamente de verdad
¿Has repetido la misma pregunta?
Perdona, no se que ha pasado...
Comentarte que agradezco de verdad tu interés y dedicación. En cuanto a lo que coentas, le pedí su nombrte y un teléfono de contacto. Me facilito un fiojo, que después de intentar verificar en la central por fin me dieron u numero para llamar a la provincia de lerida de endesa y era exactamente igual, solo cambiaba el ultimo numero(supongo que sera por las extenxiones) por lo que entiendo que si es de endesa. Lo que no comprendo es como es que me llama uno directamente de endesa. Ademas me puso muchas pegas. Solo pasan de 8 a 15 (fines de semana no)y solo le puedo llamar de 8 a 9 de lunes a viernes, ya que es cuando prepara sus papeles. Me parece poco colaborador la verdad, ¿supongo qué deben tener formas de contactar durante el fin de semana no? ¿Por otra parte no puedi enviarle una foto o la lectura sin más? Joder que follón... GRACIAS
Si que es normal que los operarios salen de la oficina a primera hora con
las ordenes de trabajo y ya no vuelven hasta la hora de plegar para entregar
cuentas, pero no es normal que tengas que tratar exclusivamente con el
operario.
Yo estoy ya jubilado y no tengo contacto con nadie de se mueva por estos
caminos, pero el sistema es el mismo, eso no puede cambiar.
Resumiendo todo lo dicho, quiero dejarte bien clara la situación.
Las compañías suministradoras tienen derecho a acceder a los contadores en
todo momento y eso quiere decir que si en varias visitas seguidas no encontraron
a nadie que les facilitara el acceso, pueden requerir judicialmente una orden
que te obligue a abrirles la puerta.
El tema de dar la lectura por teléfono es una opción que la compañía da al
usuario de forma temporal pero nunca como un modo adicional que suprima la
visita del empleado de la compañía.
Pero creo haber entendido que tu preocupación viene por la posible
consecuencia que pueda tener esta visita ya que te imaginas que aprovechando la
ocasión te puedan decir que tienes que actualizar la acometida del contador y
eso en verdad no es así, porque quien lleva el tema de lecturas no es el
instalador sino empleados contratados específicamente para ese menester.
Lo que si es posible, es que trate de convencerte de que tienes que hacer la
modificación pero a eso le tienes que responder que tienes un familiar que es
instalador autorizado y que te lo hará si no hay más remedio pero que este
familiar quiere ver la notificación "el parte de anomalías técnicas"
Que en nombre de la compañía suministradora debe entregarte el operario (que no
lo hará) y que si no lo trae consigo, dile que te lo envíen por correo
certificado.
Todo esto es para comprometer al operario y hacerle desistir en el caso de
que no estés obligado a realizar la modificación en estos momentos.
Negándote a permitirles el acceso solo conseguirás darles motivos de
desconfianza y en caso extremo pueden conseguir entrar por la fuerza y eso no
te conviene.
Quisiera poderte decir que presentando un boletín de un
instalador particular puedes resolver el tema, pero no es así, a no ser que el
instalador realice la actualización que exige la normativa en vigor y eso es
precisamente lo que quieres evitar de modo que espera a que te obliguen a
hacerlo mediante notificación oficial por escrito y con el plazo legal, tu
sabes que antes o después lo has de hacer pero si ahora no te va bien
desembolsar estos gastos, esta es la única fórmula para ganar tiempo.
Espero y deseo que con esta medida cautelar te dejen
tranquilo de momento.
Un abrazo.
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Efectivamente, debes montar el contador en un local accesivel a endesa, puedes hacerlo cambiando el bombín de la puerta de la finca. En mijas costa endesa obliga a montar un bombín homologado que ellos abren con una maestra. Otra cosa es la instalación que si tienes un boletín firmado por un instalador autorizado, endesa solo se limita a comprobar si la potencia contratada se adapta al tipo de electrificación que tienes instalada.
Suerte
Hola, el problema es que no tengo boletín... este debe tenerlo a saber.. aunque sí se hizo. El antiguo dueño me dice que no sabe...
¿Lo podría firmar ahora con las condiciones actuales? O imoplicaria tener que poner le contador fuera...
Si, se la instalación es correcta no tienes problemas para que te lo firme un electricista autorizado. Cuanto al contador fuera solo en el caso que ellos no puedan acceder con llave homologada.
Suerte

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