Icp en comunidad de propietarios
Acabo de coger la presidencia de la comunidad de propietarios en un edificio de Sevilla y me he encontrado que la compañía de la luz nos vienen cobrando desde hace varios meses en la factura una penalización por ausencia de icp de34, 83 € más IVA, al ponerme en contacto con la cia. Me dicen que según la ley tenemos que poner un icp le digo que lo pongan y me responden que hay que aumentar la potencia pues con 13,15 Kw no es suficiente para dos ascensores, la luz de la escalera (9 plantas) y los motores del agua. Según he visto en algunos foros, las comunidades de propietarios no están obligadas a instalar el icp, si esto fuera cierto la sanción seria improcedente, ¿Alguien me puede aconsejar? ¿Tengo qué modificar la potencia? Y de ser así tal vez no merezca la pena por el encarecimiento de la factura.
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Respuesta de agroelectric Spain
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