Plaza de garaje

Buenos días.
A ver si usted me puede ayudar a resolver esta duda.
En la casa donde vivo (Alcobendas, Madrid), adquirí dos plazas de garaje. Una de ellas tiene una longitud de 9 metros por 2,7, y por lo tanto caben perfectamente sin molestar dos vehículos turismos. La plaza está dibujada en el suelo con ese tamaño.
La comunidad ha decidido que en las plazas de garaje sólo se puede estacionar un vehículo turismo por plaza, ahora bien, permiten que se estacionen un turismo y una motocicleta en que aquellas plazas donde no moleste (osea las que tiene casi todo el mundo que son de 4.5 metros de largo)
Una vez permiten que haya dos vehículos en una plaza de garaje (coche y moto), ¿me pueden prohibir estacionar dos turismos en la mi plaza grande?
Gracias
Respuesta
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La verdad es que no entiendo cómo puede la comunidad decidir cuántos vehículos han de estacionarse en una plaza.
Tu adquieres el terreno correspondiente a una plaza de 9x2, 7 m. Yo entiendo que es así porque tienes que tener un coeficiente mayor que el del resto de plazas. Si éste es tu caso, puedes disponer de tu plaza como quieras siempre que no ocupes más superficie que la que te toca.
Si tu caso es diferente y tienes la misma proporcionalidad que el resto de plazas, entonces yo entiendo que debes subordinarte a los usos establecidos para todas las plazas independientemente de su tamaño. Entonces, si se ha autorizado el uso de un automóvil y de una moto, tú sólo podrás estacionar un automóvil y una moto. Este último caso no te lo puedo confirmar y sería interesante que lo consultases con un abogado especialista en temas de edificación y en propiedad horizontal. Yo no me he encontrado un caso en el que la participación sea la misma y la medida de las plazas no.

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