Áticos habitabilidad

He comprado un ático-duplex, cada planta tiene unos 50m, la planta de abajo figura en las escrituras como vivienda, y en la planta de arriba tengo unos 15m en 1 habitación y un baño y otros 35 de terraza. Concretamente en la escritura de la planta de arriba dice que me corresponde como anejo un porche cubierto en la planta superior, ultima del edificio, de una superficie útil de 15m cuadrados, que unicamente se computan la mitad, situado en la parte posterior de la casa y al que se accede por escalera interior desde la propia vivienda, y así como el uso y disfrute exclusivos de la terraza descubierta existente en la misma planta del porche que mide 35 m cuadrados y a la que se accede desde el porche. Cuota de participación 24,32 por ciento.
Mis preguntas son:
-¿Es legal que tenga esa habitación y un baño arriba? ¿Es habitable?
-En caso de que no ¿qué me podría ocurrir?

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Respuesta
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La legalidad te la concede no solo la escritura donde figura esa habitación y baño reseñados, sino también la licencia de habitabilidad que tienes que tener para poder vivir en tu casa. En ningún caso comentas que la escritura haga referencia a esa habitación en la parte superior como no transitable, con lo que nada te impida hacer con ese espacio lo que tu consideres (habitación, salón, estudio,...). En mi caso particular yo disponía de una zona de más de 30 metros cuadrados que eran no transitables, y aun así, una vez pasada la inspección para la licencia de habitabilidad, yo he hecho de esta un dormitorio y un baño.
Para aclarar, en la escritura de la planta de arriba dice :
"... Corresponde como anejo un porche cubierto en la planta superior, ultima del edificio, de una superficie útil de 15m cuadrados, que unicamente se computan la mitad, situado en la parte posterior de la casa y al que se accede por escalera interior desde la propia vivienda, y así como el uso y disfrute exclusivos de la terraza descubierta existente en la misma planta del porche que mide 35 m cuadrados y a la que se accede desde el porche. Cuota de participación 24,32 por ciento"
Luego me dieron una carta que decía que me cerraban el porche en la parte que daba a la terraza y me hacían el baño, así quedaban dos habitaciones. Pero que teníamos que tener en cuenta que podrían verse condicionadas las normas urbanísticas en cuanto al uso y ocupación del inmueble. Es decir que era como si yo ordenaba que lo cerraran para no tener que hacerlo después. Pero vamos cuando compre el piso estaba ya hecho. El piso me lo dan en un mes y me han dicho que cuando me lo den ya estará con todo pasado.
Si la licencia de habitabilidad te la dan ellos, no tienes por que temer nada, esa es mi opinión, aunque no estaría de más que te asesoraras con un abogado si te quedas más tranquilo/a . Lo que si no me parece nada lógico es que no te presentaran ese documento antes de comprar el piso. Lo que me parece raro es que te comenten que las modificaciones están sujetas a las normas urbanísticas, pues ellos tienen que conocerlas perfectamente.
Siento no poder ayudarte más.

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