Cédulas de habitabilidad

He comprado un piso y me entregan las llaves este mes. Para hacer el cambio de nombre de los recibos creo que necesito la cédula de habitabilidad de la vivienda. ¿Me la deben proporcionar los propietarios anteriores? ¿Puedo exigirles que la paguen en caso que no me la faciliten y deba tramitarla yo? ¿Cuánto puede costarme el certificado del arquitecto en caso que fuera necesario (la tasa de la administración sé que es de 5,25 euros)?

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La cédula de habitabilidad, desapareció hace mucho, actualmente la figura que la sustituye es la licencia de primera ocupación, y como su nombre indica solo es un requisito previo a la primera ocupación de la vivienda, después de que se acabe la obra, por lo que dedzco de tu pregunta es una vivienda de segunda mano que ya ha estado habitada y con sus servicios, por lo que las compañías suministradoras (agua, luz, gas...) ya tienen dada de alta esa vivienda, y lo único que deberás hacer es cambiar la titularidad del contrato vigente.
Normalmente las compañías tratarán de convencer al anterior propieterio de que la mejor opción es que dé de baja el servicio (para poder cobrar un segundo alta del servicio), si hablas con el anterior propietario convencele de que no se dé de baja, te ahorrarás bastante dinero.
Si necesitas cualquier aclaración no dudes en repreguntar.

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