Barandilla en Terraza
Quisiera obtener asesoramiento al respecto de un problema con una barandilla en una terraza de un ático.
El tema es el siguiente. En breve debo proceder a la escrituración de un ático que he comprado, sobre plano, hace ahora 2 años.
Mi sorpresa viene cuando, una vez terminada la edificación, observo que en la terraza grande (tiene 2 terrazas) me han colocado una barandilla, no en el muro que delimita la terraza, sino sobre el suelo de la propia terraza y a unos 50cm de separación del muro exterior de la terraza. De este modo, la superficie de la terraza queda inutilizada en 50cm en todo el perímetro, lo que supone perder cerca de 10m2 de terraza.
Tanto en los planos firmados y que forman parte del contrato, como en la maqueta de obra terminada expuesta en la oficina de ventas, no se observa ninguna barandilla.
En el contrato se especifica la superficie total del piso, la superficie útil de mismo y la superficie de ambas terrazas. Supongo, porque no lo he medido, que la superficie de la terraza será la que aparece en contrato, pero una vez puesta la barandilla, tal y donde hoy se encuentra, es imposible acceder a una parte de la terraza, la que quedaría desde la barandilla hasta el muro que delimita el fin de la terraza, y que como antes indicaba, es de aproximadamente 50cm - al tener la terraza forma circular, y tener esta limitación en todo el perímetro de la misma, resultan unos 10m2 aprox. A los que no puedo acceder y por tanto considero que la superficie de terraza queda disminuda respecto de la que aparece en contrato.
Pues bien, me dice la promotora que se acogen a un capitulo del contrato, donde se especifica que por razones técnicas, constructivas,... No recuerdo que más, puede haber variaciones en la edificación, siempre y cuando no se desvirtúe la finca
Yo entiendo qué, desde el momento que te quitan supercie útil, se está desvirtuando la finca.
Quisiera saber cuales son mis derechos a este respecto. Si conocéis algún caso similar y cual sería el modo de proceder y qué alegar.
La promotora es una gran empresa y querría saber si este hecho es fácilmente recurrible y ganable.
Dado que en 15 días debo escriturar.
El tema es el siguiente. En breve debo proceder a la escrituración de un ático que he comprado, sobre plano, hace ahora 2 años.
Mi sorpresa viene cuando, una vez terminada la edificación, observo que en la terraza grande (tiene 2 terrazas) me han colocado una barandilla, no en el muro que delimita la terraza, sino sobre el suelo de la propia terraza y a unos 50cm de separación del muro exterior de la terraza. De este modo, la superficie de la terraza queda inutilizada en 50cm en todo el perímetro, lo que supone perder cerca de 10m2 de terraza.
Tanto en los planos firmados y que forman parte del contrato, como en la maqueta de obra terminada expuesta en la oficina de ventas, no se observa ninguna barandilla.
En el contrato se especifica la superficie total del piso, la superficie útil de mismo y la superficie de ambas terrazas. Supongo, porque no lo he medido, que la superficie de la terraza será la que aparece en contrato, pero una vez puesta la barandilla, tal y donde hoy se encuentra, es imposible acceder a una parte de la terraza, la que quedaría desde la barandilla hasta el muro que delimita el fin de la terraza, y que como antes indicaba, es de aproximadamente 50cm - al tener la terraza forma circular, y tener esta limitación en todo el perímetro de la misma, resultan unos 10m2 aprox. A los que no puedo acceder y por tanto considero que la superficie de terraza queda disminuda respecto de la que aparece en contrato.
Pues bien, me dice la promotora que se acogen a un capitulo del contrato, donde se especifica que por razones técnicas, constructivas,... No recuerdo que más, puede haber variaciones en la edificación, siempre y cuando no se desvirtúe la finca
Yo entiendo qué, desde el momento que te quitan supercie útil, se está desvirtuando la finca.
Quisiera saber cuales son mis derechos a este respecto. Si conocéis algún caso similar y cual sería el modo de proceder y qué alegar.
La promotora es una gran empresa y querría saber si este hecho es fácilmente recurrible y ganable.
Dado que en 15 días debo escriturar.
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Respuesta de Jack Onalos
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