Máximo fondo edificable

Se puede superar el máximo fondo edificable en alguna excepción, en la provincia de burgos son max 20 m
mi terreno es interior y las calles están a más de 20 m, dispongo de un paso de servidumbre de 6 m de ancho por donde van las tomas de agua luz y desagües,
¿Se podría tomar ese paso con calle de referencia?
Tengo el proyecto con la discrepancia de las alineaciones, ¿cómo podría recurrirlo para solucionar este problema?

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En principio no se puede superar el fondo máximo edificable, aunque se pueden colocar estructuras no permantentes que ocupen esos espacios (Toldos)
Un paso de servidumbre no se puede tomar como referencia ya que no es de dominio público, si consiguieses que el ayuntamiento lo recibiese como propio en ese caso si (aunque puede que no te interese perder esa propiedad)
La discrepancia de alineaciones se soluciona solicitando al ayuntamiento la determinación de las mismas (hay sitios en los que es un paso previo obligatorio antes de hacer el proyecto)
Por otra parte, si tienes más edificabilidad de la que puedes colocar físicamente en la parcela puedes presentar un Estudio de Detalle que solucione el problema y en ese caso podrían modificarse aspectos como la altura máxima, fondo edificable, etc.

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