URGENTE:tasación condicionada
Agradecería si me pudiesesi ayudar con vuestro conocimiento respecto a un problema que tengo en la tasación de mi vivienda y que puede afecrtame a cerrar su venta.
El verano passdo contrate con Tinsa un servicio de asesoramiento de venta para que tasaran mi piso y me orientaran sobre el valor de venta. En el documento que me hicieron llegar se reflejaba que mi piso tiene una asuperficie real comprobada de 69,19 metros, que también coincide con la que refleja el catastro, pero que difiere con la que aparece en el registro de la propiedad ( nota simple y escrituras de cp, pra-venta), que es de 60'69 metros ( aunque realmemte tiene los 69 que he indicado antes).
En el documento de tasación la superficie que se ha tenido en cuenta es la real, pero se han incluido 2 comentarios:
- Uno en rojo que dice " El Valor de la tasación queda condicionado a la entrega de la siguiente documentación: Documentación registral suficiente"
- Un comentario en negrita, a continuación del anterior, en un apartado de " ADVERTENCIAS: Existen discrepancias entre la superficie comprobada del inmueble y la registral o catastral.
Por otro lado, también han incluido en el apartado " Documentos utilizados" Copia escritura sin registrar " ( es cierto que el tasador me pidió la copia y yo le di una, pero era una fotocopia, no una copia regustrada)
El caso es que ya he firmado arras con un comprador, y aunque le han aprobado la hipoteca todo está pendiente de que "se levante el condicionante de la tasación" ( han aprovechado la tasación que yo ya había encargado y pagado)
He leído todo lo publicado sobre esto en internet y la verdad es que estoy confundido. A que se puede referir el tasador con "tasación condicionada a la entrega de Documentación registral suficiente", ¿a qué queda a la espera de que le haga llegar una copia registrada de la escritura y no le valen las fotocopias que le pase? O puede estar refiriéndose a que la tasación queda condicionada a que entregue unas escrituras que reflejen todos los metros reales que tiene la casa ( es decir, ¿a qué la reescriture)?
Disculpad la urgencia pero e sun tema critico para mi, estos días que son festivos me impiden contactar con el tasador y mi comprador quiere escriturar ya a comienzos de la próxima semana. Teniendo en cuenta que mi piso es antiguo ( 50 años), que esa diferencia de metros no obedece a ninguna construcción adicional que haya hecho ninguno de los propietarios que ha tenido hasta ahora, que toda su superficie es la que tiene el piso contenida en si mismo ( no hay patios ni en mi piso recae superficie que sea de la comunidad ni nada así), y teniendo en cuenta ademas que hablamos de una diferencia del 14%, ¿pensáis qué podre levantar el condicionante o tendré que reescriturar el piso? ( He leído la norma ECO 805de Marzo de 2003 y creo entender que en estos casos basta con certificar que el piso no contraviene ninguna ordenación de urbanismo o que no está afectadi por ningún expediente... ¿eso cómo se certifica?). Por otro lado, teniendo en cuenta que esta pequeña diferencia pueden tenerla también casi todos los pisos de mi comunidad, ¿en el caso de reescriturar debería reescriturar también toda la comunidad por lo que pueda afectar a los nuevos coeficientes?
La ultima duda es... En caso de que tenga que reescriturar el piso.. ¿podría aprovechar el mismo acto de compra-venta para reflejar la superficie real? ¿Me dari a tiempo a hacerlo en una semana? ( Planos de arquitecto m+as documento que necesite del ayuntamiento).
El verano passdo contrate con Tinsa un servicio de asesoramiento de venta para que tasaran mi piso y me orientaran sobre el valor de venta. En el documento que me hicieron llegar se reflejaba que mi piso tiene una asuperficie real comprobada de 69,19 metros, que también coincide con la que refleja el catastro, pero que difiere con la que aparece en el registro de la propiedad ( nota simple y escrituras de cp, pra-venta), que es de 60'69 metros ( aunque realmemte tiene los 69 que he indicado antes).
En el documento de tasación la superficie que se ha tenido en cuenta es la real, pero se han incluido 2 comentarios:
- Uno en rojo que dice " El Valor de la tasación queda condicionado a la entrega de la siguiente documentación: Documentación registral suficiente"
- Un comentario en negrita, a continuación del anterior, en un apartado de " ADVERTENCIAS: Existen discrepancias entre la superficie comprobada del inmueble y la registral o catastral.
Por otro lado, también han incluido en el apartado " Documentos utilizados" Copia escritura sin registrar " ( es cierto que el tasador me pidió la copia y yo le di una, pero era una fotocopia, no una copia regustrada)
El caso es que ya he firmado arras con un comprador, y aunque le han aprobado la hipoteca todo está pendiente de que "se levante el condicionante de la tasación" ( han aprovechado la tasación que yo ya había encargado y pagado)
He leído todo lo publicado sobre esto en internet y la verdad es que estoy confundido. A que se puede referir el tasador con "tasación condicionada a la entrega de Documentación registral suficiente", ¿a qué queda a la espera de que le haga llegar una copia registrada de la escritura y no le valen las fotocopias que le pase? O puede estar refiriéndose a que la tasación queda condicionada a que entregue unas escrituras que reflejen todos los metros reales que tiene la casa ( es decir, ¿a qué la reescriture)?
Disculpad la urgencia pero e sun tema critico para mi, estos días que son festivos me impiden contactar con el tasador y mi comprador quiere escriturar ya a comienzos de la próxima semana. Teniendo en cuenta que mi piso es antiguo ( 50 años), que esa diferencia de metros no obedece a ninguna construcción adicional que haya hecho ninguno de los propietarios que ha tenido hasta ahora, que toda su superficie es la que tiene el piso contenida en si mismo ( no hay patios ni en mi piso recae superficie que sea de la comunidad ni nada así), y teniendo en cuenta ademas que hablamos de una diferencia del 14%, ¿pensáis qué podre levantar el condicionante o tendré que reescriturar el piso? ( He leído la norma ECO 805de Marzo de 2003 y creo entender que en estos casos basta con certificar que el piso no contraviene ninguna ordenación de urbanismo o que no está afectadi por ningún expediente... ¿eso cómo se certifica?). Por otro lado, teniendo en cuenta que esta pequeña diferencia pueden tenerla también casi todos los pisos de mi comunidad, ¿en el caso de reescriturar debería reescriturar también toda la comunidad por lo que pueda afectar a los nuevos coeficientes?
La ultima duda es... En caso de que tenga que reescriturar el piso.. ¿podría aprovechar el mismo acto de compra-venta para reflejar la superficie real? ¿Me dari a tiempo a hacerlo en una semana? ( Planos de arquitecto m+as documento que necesite del ayuntamiento).
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Respuesta de http000
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