Humedades de sumideros

Encima de mi parcela de garaje hay una tubería que baja de un sumidero de la terraza de un vecino de mi comunidad y que recoge las aguas pluviales que caen en su jardín ( esta zona del sumidero está con losetas, unos 30 tantos m2). El edifico tiene 9 años. Este año alrededor de esa tubería ha empezado a mojarse el techo y cuando llueve hace un círculo de 1,20 aprox. De diámetro. Se ha mirado si hay atasco y una empresa nos ha dicho que no. Aún estamos viendo la comunidad y el vecino qué pasos tenemos que dar. No sabemos si se consideran elementos comunes. Los pisos bajos tiene jardín con sumideros los 2º pisos son dúplex y los 1º no tiene este tipo de cosas.
El piso nuestro y el de mi vecino son dúplex y tienen dos terrazas arriba cada uno con sus correspondientes sumideros para recoger las aguas pluviales y agua de limpieza de terraza.
En estos casos, y en este tipo de tuberías ¿quién es el responsable del arreglo si se producen daños como en este caso? ¿Cómo hay que proceder? Los sumideros de nuestras terrazas el daño lo harían a nuestros pisos pues están encima de parte de cada piso.
En nuestra escritura pone de nuestra vivienda: ocupa una superficie útil de 124,12 m2 útil y construida de 156,09 m2. Dispone asimismo de dos terrazas con una superficie de 31,05m2.

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Me da la impresión de que las cubiertasen vuestra configuración son elementos comunitarios (si el edificio tiene garaje subterráneo seguro al 100%), pero de todas formas habría que consultarlo en la escritura por si existiera división horizontal.
Si fuera así sería la comunidad la encargada de la reparación. Este tipo de problema puede ser debido a un fallo de la tela que refuerza el cotorno del sumiedro, posiblemente por haber llegado al fin de su vida útil. Lo lógico es levantar las baldosas circundantes al sumidero y comprobar la impermeabilización, sustituyéndose si fuese necesario.
Efectivamente el régimen es de propiedad horizontal.
¿La tela puede fallar tan pronto con el poco tiempo que tiene el edificio?
Yo le he visto fallar en 5 años.
Depende mucho de la calidad del material, de su colocación y de su almacenamiento previo a su puesta en obra.
Si se unen todos los factores desfavorables da estos resultados: fallos puntuales, pero fácilmente subsanables (tampoco hace falta cambiar toda la cubierta, simplemente actuar sobre la zona afectada).
Si es de propiedad horizontal está claro que es la comunidad la encargada de hacerse cargo de la reparación.

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