Rampa acceso sótano

Soy promotora de una vivienda. En la ejecución, el sótano, que debía albergar las plazas de garaje, quedó inutilizado por un exceso de pendiente (excavaron demasiado y ahora la vivienda está hundida y la rampa de acceso supera el porcentaje de pendiente permitido). Para poder dar la vivienda de alta tengo que comprar las plazas en un edificio cercano. A quién debo reclamar el dinero de esas plazas una vez tenga la casa dada de alta. ¿A los arquitectos? ¿Al ayuntamiento?

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Las modificaciones substanciales en obra deben tener el acuerdo de la parte promotora, en este caso usted. Por tanto si conocía el hecho de que se excavaba más de lo previsto y que no se corregiría ese exceso de excavación sino que se el conjunto quedaría a una cota inferior. No hay lugar a eclamación.
Si por el contrario esa modificación, dejar la vivienda a una cota inferior, se hizo sin su conocimiento el responsable será quien tomó la decisión de hacerlo y no respetar as cotas originales del proyecto (que debería ser una decisión autorizada por la dirección facultativa con su conocimiento como promotora)
Entiendo que el ayuntamiento puede exigir que se vinculen plazas de garaje en un edificio cercano que cumpla lo exigido por la normativa ya que lo construido no se ajusta a la licencia dada pero es legalizable haciendo esa vinculación. No creo que se le pueda reclamar nada.
Otra opción (quizá no sea posible por la topografía, normativa o ubicación) sería rebajar la cota del terreno al rededor de la vivienda y ampliar la rampa de acceso al garaje.
Hola Ancho, gracias.
Estoy como loca. Personas ajenas me empezaron a decir que no daba la pendiente. Contraté otro arquitecto (a escondidas) para que la calculara y me dijo que estaba sobre el 35% (que no la permiten) y no tengo posibilidades de hacer nada alrededor de la vivienda, es estrecho para un coche.
En el ayuntamiento me dicen que sin plazas no se podrá dar de alta. Vieron los planos y dicen que es imposible, que la rampa ya no es posible con los datos de los planos!
No sé qué pasa, el arquitecto insiste en que se puede hacer. Pero todo está parado.
Si lo que está en proyecto es lo que se hace y con esa inclinación el ayuntamiento no da la rampa por válida, el ayuntamiento si tiene responsabilidad (por haber concedido la licencia a un proyecto que no cumple)
Si las modificaciones en obra hacen que no cumpla la responsabilidad está en quienes asuman esas modificaciones (usted incluida)
Las posibilidades de actuación alrededor de la vivienda que sugería eran que rebajase el nivel de acceso o pusiese parte de la rampa en el exterior, ocupando más espacio en el exterior y el interior (hasta tener una pendiente válida, incluso disminuyendo en lo admisible la altura en el garaje en semisótano)
En el peor de los casos, si no encuentran una solución, quizá tenga que dirimirse la responsabilidad de cada cual en un proceso contencioso/administrativo.
Gracias Ancho. Siento que estoy metida en un lío sin comerlo ni beberlo, ojalá supiera de arquitectura y de derecho... ahora lo que quiero es que la obra sea dada de alta porque es una inversión de mucho dinero y después, si cabe, denunciar. Mis únicas decisiones en la obra fueron el color de la plaqueta y poco más...
Muchas gracias por tus respuestas

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