Inútil Plaza de garaje
Es difícil pero intentaré resumir la historia.
En 2004 compramos a mi suegro, que a su vez había comprado sobre plano un año antes, un piso con plaza de garaje.
Al terminar la obra resultó que alguna de las 8 plazas de garaje previstas, no cumplían las dimensiones mínimas y se tuvieron que delimitar de forma diferente a como estaban previstas en los planos. Siete de ellas, mejor que peor, pudieron distribuirse (caóticamente) por el sótano. La octava fue la de la discordia. Al no cumplir los requisitos (cabe, con problemas un utilitario pequeño y tras muchas maniobras) el ayuntamiento no concedía las cédulas de habitabilidad.
Al ser una comunidad pequeña y el constructor hasta cierto punto "conocido", se llegó a un acuerdo informal por el cual, en compensación por quedarse con la plaza de la discordia, el promotor pidió a la comunidad la cesión de una zona común (el hueco de debajo de la rampa en el que, pese a la poca altura, puede entrar un coche normal y que no podía tener otro uso por estar "tapado" en parte por la susodicha plaza). Esto es, la comunidad cedía ese espacio al constructor y este lo "añadía" al espacio de la plaza con problemas, de forma que pudiera ser al menos utilizable. Con una forma rarísima, una especie de L, pero útil al fin y al cabo.
Con esta condición, mi suegro aceptó la plaza. El objetivo era solucionar el tema sin tener que entrar en juzgados e historias con el constructor. A todos, incluidos los demás propietarios les interesaba desbloquear el tema para obtener las licencias oportunas y poder habitar el edificio.
Gracias a la relación personal del comprador que aceptaba esa plaza de garaje "singular", es decir mi suegro, con el inspector municipal y, ya que existía este acuerdo que satisfacía a todas las partes, éste se avino a informar positivamente para que fueran concedidas las licencias y se desbloqueó la situación. Las cédulas se dieron y todo el mundo contento.
El problema parte de que todo esto (grave error) no consta por escrito en ningún sitio, de hecho, ni siquiera se había constituido como tal la comunidad de propietarios y no hay acta del acuerdo ni nada por el estilo.
De repente y, después de tres años, de buenas a primeras, un vecino (para más INRI la hija del promotor/constructor) empieza a aparcar su moto en una parte de lo que considerábamos "nuestra"plaza de garaje. No era una molestia pero nos pareció feo que lo hiciera sin haberlo comentado o ver si teníamos inconveniente en que lo hiciera...
Cuando se lo comentamos estalla el problema.
Alega que, en realidad, el acuerdo al que se llegó consistía en una permuta. Esto es, no que se añadía la zona común a la insuficiente plaza de garaje sino que se cambiaba una parte por la otra. Al no estar de acuerdo con ello, en la reunión de la comunidad sacamos el tema y, todos los propietarios excepto dos (algunos llegaron después y no sabían nada del tema) dicen que no recuerdan todo aquello y de los dos que lo recuerdan uno nos apoya y el otro (la hija del promotor) no.
Aprovechando la ocasión que les surge (la comunidad recupera un espacio común que permite que puedan aparcarse al menos un par de motos) la decisión que toman es que están de acuerdo en ceder la zona de debajo de la rampa, pero, si se trata de un cambio de una por otra y, esto si, queda reflejado documentalmente. Intentamos que el promotor intervenga para aclarar el tema pero hace caso omiso (por medio de su yerno, la respuesta es que eso no podemos demostrarlo y que si intentamos ir a por él por la vía judicial lo único que vamos a conseguir es una posible indemnización con precios del año de la venta y que encima nos vamos a quedar sin plaza, pequeña o no)
El tema es, me encuentro con que soy propietario según la escritura de una plaza igual a las demás, pero que en realidad no cumple con las mismas condiciones ni con las dimensiones mínimas y que, si puedo meter el coche es por "gracia" de la comunidad que me cede un espacio.
Existe la posibilidad, según el administrador de la finca y, la comunidad estaría dispuesta a hacerlo, de cambiar la descripción de los lindes en la escritura de manera que se correspondan con la parte bajo la rampa, a cambio de que lo demás quede como zona común. Esto nos garantiza que el sitio en el que entra el coche (eso si, que sea bajito) conste como propiedad nuestra pero implica una clara pérdida de valor pues sigue sin ser una plaza al uso (una ruina cara a una futura venta, etc). Si no lo hacemos cualquier día un vecino dice que no está de acuerdo y que no podemos meter el coche debajo de la rampa y quedamos con dos palmos de narices. Otra opción es olvidarme de los "favores" de la comunidad y quedarme con una propiedad de la que no puedo hacer uso porque no cabe el coche e intentar reclamar lo que ya tengo, de hecho, escriturado y que no es otra cosa que una plaza de garaje "normal", igual en coeficiente que las del resto y que en su día se compró sobre el plano.
Espero, no es fácil, haberme explicado. ¿Tenemos algo que hacer contra el constructor? ¿Contra el ayuntamiento por haber dado licencia a una edificación irregular?.
En 2004 compramos a mi suegro, que a su vez había comprado sobre plano un año antes, un piso con plaza de garaje.
Al terminar la obra resultó que alguna de las 8 plazas de garaje previstas, no cumplían las dimensiones mínimas y se tuvieron que delimitar de forma diferente a como estaban previstas en los planos. Siete de ellas, mejor que peor, pudieron distribuirse (caóticamente) por el sótano. La octava fue la de la discordia. Al no cumplir los requisitos (cabe, con problemas un utilitario pequeño y tras muchas maniobras) el ayuntamiento no concedía las cédulas de habitabilidad.
Al ser una comunidad pequeña y el constructor hasta cierto punto "conocido", se llegó a un acuerdo informal por el cual, en compensación por quedarse con la plaza de la discordia, el promotor pidió a la comunidad la cesión de una zona común (el hueco de debajo de la rampa en el que, pese a la poca altura, puede entrar un coche normal y que no podía tener otro uso por estar "tapado" en parte por la susodicha plaza). Esto es, la comunidad cedía ese espacio al constructor y este lo "añadía" al espacio de la plaza con problemas, de forma que pudiera ser al menos utilizable. Con una forma rarísima, una especie de L, pero útil al fin y al cabo.
Con esta condición, mi suegro aceptó la plaza. El objetivo era solucionar el tema sin tener que entrar en juzgados e historias con el constructor. A todos, incluidos los demás propietarios les interesaba desbloquear el tema para obtener las licencias oportunas y poder habitar el edificio.
Gracias a la relación personal del comprador que aceptaba esa plaza de garaje "singular", es decir mi suegro, con el inspector municipal y, ya que existía este acuerdo que satisfacía a todas las partes, éste se avino a informar positivamente para que fueran concedidas las licencias y se desbloqueó la situación. Las cédulas se dieron y todo el mundo contento.
El problema parte de que todo esto (grave error) no consta por escrito en ningún sitio, de hecho, ni siquiera se había constituido como tal la comunidad de propietarios y no hay acta del acuerdo ni nada por el estilo.
De repente y, después de tres años, de buenas a primeras, un vecino (para más INRI la hija del promotor/constructor) empieza a aparcar su moto en una parte de lo que considerábamos "nuestra"plaza de garaje. No era una molestia pero nos pareció feo que lo hiciera sin haberlo comentado o ver si teníamos inconveniente en que lo hiciera...
Cuando se lo comentamos estalla el problema.
Alega que, en realidad, el acuerdo al que se llegó consistía en una permuta. Esto es, no que se añadía la zona común a la insuficiente plaza de garaje sino que se cambiaba una parte por la otra. Al no estar de acuerdo con ello, en la reunión de la comunidad sacamos el tema y, todos los propietarios excepto dos (algunos llegaron después y no sabían nada del tema) dicen que no recuerdan todo aquello y de los dos que lo recuerdan uno nos apoya y el otro (la hija del promotor) no.
Aprovechando la ocasión que les surge (la comunidad recupera un espacio común que permite que puedan aparcarse al menos un par de motos) la decisión que toman es que están de acuerdo en ceder la zona de debajo de la rampa, pero, si se trata de un cambio de una por otra y, esto si, queda reflejado documentalmente. Intentamos que el promotor intervenga para aclarar el tema pero hace caso omiso (por medio de su yerno, la respuesta es que eso no podemos demostrarlo y que si intentamos ir a por él por la vía judicial lo único que vamos a conseguir es una posible indemnización con precios del año de la venta y que encima nos vamos a quedar sin plaza, pequeña o no)
El tema es, me encuentro con que soy propietario según la escritura de una plaza igual a las demás, pero que en realidad no cumple con las mismas condiciones ni con las dimensiones mínimas y que, si puedo meter el coche es por "gracia" de la comunidad que me cede un espacio.
Existe la posibilidad, según el administrador de la finca y, la comunidad estaría dispuesta a hacerlo, de cambiar la descripción de los lindes en la escritura de manera que se correspondan con la parte bajo la rampa, a cambio de que lo demás quede como zona común. Esto nos garantiza que el sitio en el que entra el coche (eso si, que sea bajito) conste como propiedad nuestra pero implica una clara pérdida de valor pues sigue sin ser una plaza al uso (una ruina cara a una futura venta, etc). Si no lo hacemos cualquier día un vecino dice que no está de acuerdo y que no podemos meter el coche debajo de la rampa y quedamos con dos palmos de narices. Otra opción es olvidarme de los "favores" de la comunidad y quedarme con una propiedad de la que no puedo hacer uso porque no cabe el coche e intentar reclamar lo que ya tengo, de hecho, escriturado y que no es otra cosa que una plaza de garaje "normal", igual en coeficiente que las del resto y que en su día se compró sobre el plano.
Espero, no es fácil, haberme explicado. ¿Tenemos algo que hacer contra el constructor? ¿Contra el ayuntamiento por haber dado licencia a una edificación irregular?.
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Respuesta de rafarquitect
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