Division horizontal/seguro decenal

Hice una pregunta hace unas semanas os pongo el resumen aquí.
Yo pregunte
Buenas noches:
Quiero hacer dos casas una para mi tía y otra para mí en un terreno que no se puede segregar. ¿Tengo qué hacer una división horizontal en la cual el terreno está a nombre de mi tía y mío y luego al hacer las viviendas estas se escrituran sobre el porcentaje de terreno que ocupa cada una no? ¿Es así?
Imaginemos que es un 45% cada una. Queda un 10% de terreno que da acceso a mi vivienda (único posible acceso)y en el cual ninguno de los dos hacemos nada se queda como un patio. Mi tía está de acuerdo en no hacer ningún acceso a ese patio por lo que quedaría para mí. ¿Puedo escriturar ese 10% junto con el resto de mi 45%?
¿Qué pasaría si mi tía vende su casa y el que la compra quiere hacer un acceso a ese patio? ¿Puede? ¿Tiene derecho?
Me respondisteis dos personas y me aclarasteis bien el tema
Respuesta 1 anxosanchez
Puede hacerlo como dice o bien estableciese zonas comunes y zonas privativas.
Si lo hace como plantea, ese espacio de patio será zona privativa de su propiedad y su vecino (su tía o quien quiera) no podrá abrir acceso ni luces o vistas al mismo; salvo que usted diese su consentimiento expreso, constituyendo una servidumbre al respecto.
Si establecen ese patio como zona común, ambos podrán acceder desde el mismo y abrirle luces; siendo el mantenimiento a costa de los dos, salvo que se establezca algo al respecto que ponga limitaciones.
Respuesta 2 arquiarqui
No, mal planteado.
Si no puedes segregar la parcela SIEMPRE SERÁ ÚNICA, es decir que cuando se describa se dirá parcela de POR m² que contiene dos viviendas, vivienda nº 1 de ... Y vivienda nº 2 de ... Es decir cada vivienda no tiene suelo propio.
Ahora precisamente en las descripciones de las viviendas, las partes NO CONSTRUIDAS, patios etc, pueden perfectamente darse en "uso y disfrute", al describir tu vivienda dirá que dispone de un patio accesible que será de uso exclusivo de la vivienda POR o una redacción similar, que garantice la cuestión.
Resumen, lo que propones se puede hacer sin problemas, aunque el concepto inicial de pensar que se asigna suelo a cada vivienda es erróneo.
Un saludo
Ahora me dicen en la notaria que no podemos ser auto promotores por ser el terreno a los dos, y que entonces necesitamos hacer un seguro decenal (como si seriamos una promotora que va a vender los pisos)
¿Realmente no podemos ser auto promotores individuales cada uno de nuestra vivienda? ¿No podemos ser auto promotores en conjunto evitando este seguro?
¿A cuánto puede alcanzar económicamente este seguro y que pasos hay que hacer?

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Trabajé varios años en temas relacionados con el seguro decenal y efectivamente la exención de la exigencia de seguro decenal es exclusivamnete para auto promotores que usen la vivienda para ellos mismos y no la vendan en 10 años. Aunque hay una opción que admiten algunos registradores si vendes antes de ese plazo que es que el que compra renuncie expresamente a este derecho ante notario.
En cualquier caso si sois dos autopromotores en la misma parcela sin dividir no os queda otra que pasar por el seguro y el control técnico de proyecto y de obra. No sé si lo tenéis ya terminado. Lo que realmente es obligatorio es el seguro pero el propio seguro para valorar el riesgo te obliga a contratar un OCT para que revise el proyecto y realice un control de obra de estructura, si todo es correcto se hacen unos informes y se firma el seguro sin problemas.
En el caso de que la obra ya la tengas terminada tendrás que contratar un seguri con con el agravante de riesgo para el seguro de que no ha controlado la obra y el agravante económico paratí ya que sale más caro pero hay alguna compañía que si lo hace.
Si necesitas más información puedes contactarmen en
www.licenciaactividad.es

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