Urbanizable Servicios, ¿Lo permuto o lo conservo?

Tengo en BECEITE, TERUEL, una finca de 4.000m2 muy cerca del pueblo, hasta ahora rústica regadío.
Según el PGOU, que creo ya está aprobado, se recalificará como URBANIZABLE para SERVICIOS.
Hace ya 2 años el AYTO (a través de una sociedad) iba a poner allí el polígono industrial, pero se ha hecho en otro sitio. Siguen queriendo poner algo público allí, parking, piscina municipal, no está claro...
Firmamos un documento de PERMUTA (no alzado a público), me cambiarían esa parcela por una navecita de 60+60m2 en dos plantas en el polígono. Esa oferta sigue en pie, quizás negociable, pero NO me gusta la ubicación del polígono actual, lejos del pueblo y no visible.
--En el documento ponía que si no se edificaba yo podía pedir daños y perjuicios, pero NO sé realmente qué podría alegar y si vale la pena buscar abogad@.
SI CONSERVO la finca NO SÉ si puedo edificar algo, además tendría que urbanizar yo, y no tengo dinero para ello. Quizás antes siendo rústica podía edificar, pero si se califica como urbanizable para servicios QUÉ puedo hacer yo para mi provecho. Si quiero montar un negocio qué podría ser (¿residencia, tanatorio, albergue, qué?).
-Solo tengo un antiguo paso de animal por una finca colindante hasta mi finca; la otra parcela que sale al CAMINO es de la sociedad del ayto.
Quisiera emprender un negocio y vivir en el pueblo, que es un sitio especial, muy turístico, con solo 650 habitantes... Estoy sin trabajo.
En www.ramonguimera.com/basona hay algunas fotos y datos de la finca.

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En primer lugar, si tienes firmado un documento de permuta deberías consultar con un abogado la posibilidad de anular ese acuerdo ya que no tengo tan claro que se pueda hacer o que puedas pedir una indemnización si el polígono se ha construido en otra ubicación. En cualquier caso depende del texto del acuerdo y en eso sólo un abogado puede aconsejarte.
En cuanto a la parcela en cuestión, hay varios aspectos a tener en cuenta. Primero tienes que tener en cuenta que cualquier recalificación de un terreno implica un coste para los dueños de las parcelas que pasan a ser urbanas. Aparte tienes los costes de urbanización que comentas que también se tienen que asumir. En cuanto a qué tipo de obra se podrá realizar en esa parcela cuando se haya completado todo el proceso (hasta el final de la urbanización no se puede iniciar un proceso de edificación) siempre tiene que venir especificado en el plan. No sólo es que se destine a servicios como comentas sino que además tiene que especificar la lista de usos permitidos así como los no permitidos.
He estado buscando en el PGOU de Beceite pero he sido incapaz de localizar la parcela y por tanto la normativa que le es de aplicación entre toda la documentación del plan. De todas maneras, en el ayuntamiento te informarán sin problemas de los tipos de usos y edificaciones permitidas en la zona.
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Muchas gracias por el esfuerzo. Como queda pendiente hablar con el alcalde durante este mes espero que lleguemos a un buen acuerdo, para el pueblo y para mí.

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