Altillo que ocupa toda la vivienda

Hace 20 años mi familia compro una vivienda en un bajo-sótano de 38m cuadrados con casi 4 de altura, y en su dia hicimos un altillo que ocupo toda la vivienda de 1,2m de altura, el cual utilizamos de trastero, y una pequeña parte de dormitorio, para los niños . Todo ello realizado por nosotros, mi pregunta es ¿esto me puede causar algún problema?.

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El único problema sería que no aguantase el peso que le puedas poner encima. Tu sabrás si lo construiste lo suficientemente fuerte. Con los datos que das, no veo forma de decirte otra cosa.

gracias por la respuesta pero mas me refería mas a modo de inspecciones , legalidad, habitabilidad y cosas por el estilo.

al llamarlo altillo no se si esta correctamente dicho ya que es de obra , con vigas de hierro clavadas en muros de carga,rasillón y cemento ,cón escalera permanente.

y sobre el peso , después de 20 años no se le aprecia ningún deterioro, teniendo encuenta que se le carga lo justo por que conozco lo que tengo que proteger.

Yo no me preocuparía demasiado por "legalidades", y máximo cuando la obra es interior y se hizo hace tantos años. Lo hecho, hecho está, y nadie se tiene que meter contigo, salvo que un día se produjese un daño estructural el cual, por lo que dices, está más que descartado.

El único problema que podrías tener es al renovar la Cédula de Habitabilidad, que seguramente tienes vencida y, que si no lo haces ahora, tendrías que tramitarla forzosamente al vender esta vivienda, en cuyo momento, además, el comprador se daría cuenta que la descripción en el documento registral no coincide con la realidad, y podría exigirte "legalizar" estas obras. Tampoco ello es imposible de conseguir, pues basta con hacer un "documento supletorio" que se inscribiría en el Registro de la Propiedad, del cual se te ocuparía cualquier arquitecto. Normalmente, para ello, no se requieren permisos de Ingeniería Municipal.

Pero si quieres sangrarte en salud, y dormir tranquilo, yo te aconsejaría que no aplazases el asunto, y hablases de una vez con un arquitecto para que, lo del "documento supletorio", se haga ya, y se renueve también de una vez la Cédula de Habitabilidad. Ésto hay que hacerlo cada 10 años, aunque nadie se mete contigo si no lo has hecho.

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