Empecemos porque una nave de aperos no es uso residencial, ni se puede usar como vivienda, para usarla como vivienda hay que hacer el correspondiente proyecto de cambio de uso.
Ahora usted debe entender que la calificación del uso de la edificación no corresponde al catastro, sino al ayuntamiento, si los datos del catastro están equivocados y esta calificada como residencial, cuando no lo es, usted podrá solicitar que se cambien y que se haga la corrección que proceda en los impuestos a pagar por el suelo y la edificación.
Aunque en catastro este calificada como residencial, la compañía de aguas y la de electricidad deben denegarle el suministro, puesto que para darle suministro debe usted presentar la licencia de primera ocupación.
Si quiere solucionar el asunto, el proceso sería
1.- Legalizar la construcción como uso residencial (siempre que este permitido) mediante un expediente de legalización (redactado por técnico competente) y el pago de la correspondiente licencia de obra.
2.- Inscripción de la vivienda legalizada en catastro y alta en IBI, ya como vivienda.
3.- Solicitud de licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad de la vivienda, que le concederá el ayuntamiento en base al expediente de legalización redactado.
4.- Contrato de suministro en las compañías.
Todo esto sólo lo podrá iniciar si la parcela donde se ubicad esa "nave", esta calificada en el Plan General de su municipio como urbana con uso residencial.