Facturar a Francia (urgente)

Tengo un profesional que está en régimen general de IVA y en Directa del IRPF. Emite sus facturas con el 15% de retención. Antes de final de mes tiene que hacer una factura a una empresa francesa, aunque el trabajo lo ha realizado desde aquí (es traductor). ¿Cómo tiene que emitir su factura, con IVA o sin IVA? ¿Qué pasa con el IRPF?. ¿Hay qué declararla en el mod 349?
{"Lat":36.2051525366986,"Lng":-5.40990829467773}

1 Respuesta

Respuesta
1
Se aplica IVA:
- Cuando el cliente es un particular establecido o con domicilio en el territorio del IVA.
- Cuando el cliente es un empresario o profesional con domicilio, con sede o con un establecimiento permanente en el la península o Baleares, y la prestación del servicio tenga por destinatario dicho domicilio, sede o establecimiento.
- Cuando el cliente sea un particular, es decir, no tenga la condición de empresario o profesional, y esté domiciliado en otro país de la UE, en Canarias, Ceuta o Melilla o no sea posible determinar su domicilio.
No se aplica el IVA:
- Cuando el cliente sea un empresario o profesional establecido en otro país de la UE, en Canarias, Ceuta o Melilla.
- Cuando el cliente, de la condición que fuere, particular, profesional o empresario, tenga su domicilio en un tercer país fuera de la UE.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas