Normativas rampas
Hola, makili...
Las pendientes de este tipo de rampas están condicionadas, básicamente, por dos tipos de normativas: por un lado la Norma Contra Incencios [NBE-CPI-96], y, por otro lado, el Decreto de Habitabilidad aplicable en cada zona [es competencia autonómica...].
En el caso de garajes, los PGOM de cada Ayuntamiento suelen tener también condiciones para estas pendientes...
Espero haberte sido útil. Si quieres algo más ya sabes como preguntarme. Si no, te agradecería que finalizaras la respuesta. Muchas gracias por anticipado.
Y... Un saudiño!
Las pendientes de este tipo de rampas están condicionadas, básicamente, por dos tipos de normativas: por un lado la Norma Contra Incencios [NBE-CPI-96], y, por otro lado, el Decreto de Habitabilidad aplicable en cada zona [es competencia autonómica...].
En el caso de garajes, los PGOM de cada Ayuntamiento suelen tener también condiciones para estas pendientes...
Espero haberte sido útil. Si quieres algo más ya sabes como preguntarme. Si no, te agradecería que finalizaras la respuesta. Muchas gracias por anticipado.
Y... Un saudiño!
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Respuesta de lesoleil
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