Problemas con un talud

Estimado Señor, me han expropiado justo la mitad de una finca para construir una nueva carretera, la cual se ha llevado a efecto y no hace un año que ha sido entregada a la Administración Aunque aún no nos han pagado la expropiación.
Han dejado un talud (de una considerable altura) casi vertical y sin ningún tipo de protección (es decir sin piedras que lo sujete, ni malla de retención), como es terreno arcilloso las lluvias han ido erosionando el talud por diferentes sitios y la ultima ha sido una avalancha de varias toneladas de tierra que se ha venido abajo hasta la carretera, dejándome cuatro postes de la valla(instalada reglamentariamente) de mi finca en el aire, habiéndose perdido, en la avalancha, tierra de cultivo y cada vez va a más.
Mi pregunta es la siguiente: ¿Tiene Obras Públicas que repararme el daño producido? , si es así, ¿Qué pasos debo seguir?. ¿Es necesario un informe pericial de un Técnico en la materia?
La carretera es la A-354 P.K. 11
Attmente.
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Respuesta
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En el tema de las expropiaciones no entro, pero es cierto que amparándose en el interés general te pueden expropiar todo. Otro tema es el pago a un precio justo, de esto podríamos hablar hasta la eternidad, como siempre cada uno barre para casa pero está claro que si te expropian, te han jodido, no tiene nada que ver lo que te pagan a ti con la revalorización de los terrenos colindantes que pueden multiplicar su valor hasta por 100 veces.
Respecto al tema del talud, hay varios aspectos que habría que conocer para saber de quien es la responsabilidad.
Zona de Dominio público: Son de dominio público los terrenos ocupados por las carreteras y una franja de terreno de 8 metros de anchura en autopistas y 3 m en el resto de carreteras, a cada lado de la vía, medidas en horizontal y perpendicularmente al eje de la misma, desde la arista exterior de la explanación. En teoría, la valla no debería estar en esta zona.
La arista exterior de la explanación es la intersección del talud de desmonte o terraplén con el terreno natural.
Zona de Servidumbre: consiste en dos franjas de terreno a ambos lados de la carretera, delimitadas interiormente por la zona de servidumbre y exteriormente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de la explanación a una distancia de 25 m en autopistas, autovías y vías rápidas y de 8 metros en el resto de carreteras.
El ministerio de fomento podrá utilizar o autorizar la utilización de la zona de servidumbre por razones de interés general o cuando lo requiera el mejor servicio de la carretera, como por ejemplo hacer el talud más tendido comiendosé parte del terreno que tienes ahora. Si tenias la valla aquí te la pueden quitar para tender el talud.
También habría que saber si la valla es previa a la carretera o viceversa. Si la valla es previa una vez ejecutada la carretera te deben dejar la parcela vallada igual que estaba.
Si la valla es posterior y tiene permiso de obras también te la deben reponer, pues si tiene permiso estará ejecutada donde corresponde.
En cualquier caso te aconsejo que llames al notario para ir a verlo, que saque fotos y que levante acta de lo sucedido, además buscar un técnico (Ingeniero de Caminos Canales y Puertos) que te haga un informe pericial, y con eso envías la reclamación al órgano responsable de la carretera en cuestión (Diputación, Consejería, Ministerio de Fomento, ...)
Con eso deberían de reponerte la valla, independientemente de que le metan un bocado al talud para dejarlo más tendido y evitar que se repita el problema.
Si por el contrario la valla es posterior y no tiene permiso, la cosa se complica, busca un técnico y explícale todos los detalles a ver que se puede hacer.

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