Teléfono en ascensor

Soy presidente de una comunidad de propietarios.
Se que es obligatorio desde 1999 que todos los ascensores tengan un teléfono de emergencia para llamar a la compañía del ascensor.
Pero el caso es que en nuestro bloque hay 3 ascensores y quería saber si es obligatorio tener 3 lineas telefónicas o los 3 ascensores podrían compartir la misma linea.
Además, si puedes te rogaría que me indiques el nombre de la norma, disposición o ley que regula todo esto.

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Si tu ascensor esta instalado posteriormente a junio del 99 si que es obligatorio (según EN 81-1 o 81-2). De todas formas, aunque sea anterior, dentro de nada (8 de agosto) entra otra norma (R.D. 57/2005) en el que se obliga a los ascensores a tener intercomunicador (línea telefónica). Respecto a la otra pregunta en la normativa no obliga a poner una línea por ascensor, es decir, podrías poner una línea compartida, siempre y cuando sea técnicamente posible
Muchísimas gracias por la aclaración. De antemano te digo que te has ganado el 5, pero abusando de tu amabilidad y si te es posible y lo tienes me gustaría que me enviases la norma UNE EN 81-1:2001, para poder justificar ante la comunidad con papeles que las tres lineas que pagamos ahora son tirar el dinero. He buscado pero no he podido encontrar el texto en Internet. Esto, ya te digo, solo si no te presenta ningún problema. Sino pues nada. Te valoraré igual.
Mi correo es [email protected]
Otra vez muchas gracias.
Lo siento mucho pero eso es un libro y no lo tengo informatizado y no creo que esté, pero se puede comprar en cualquier librería técnica ( es la norma EN 81-1/2) Siento no poder ayudarte más, pero puedes pedirle una copia del párrafo de la normativa a la empresa de mantenimiento del ascensor.

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