Cambio de artículos

Hola a todos:
Donde yo trabajo es muy frecuente mandar un artículo roto para que nos lo cambien por uno nuevo. Entonces el proveedor lo lleva a cabo y nos envía, para tener constancia, ¿un albarán o algo así con importe 0?, yo no lo contabilizo: ¿Está bien hecho no contabilizarlo?

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Si, pues no te nace ninguna nueva obligación con el envío del nuevo artículo, ni tampoco un derecho, date cuenta que te llegó un artículo roto, artículo que no deberías pagar y tendrías que devolver, tu proveedor te hace llegar otro artículo de las mismas características y no te lo cobra por lo que tu obligación con tu proveedor no se ve alterada. Además no puedes contabilizar una partida con importe 0.

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