Rótulo de publicidad

He empezado a trabajar en una promotora, han mandado imprimir un rotulo para informar de la nueva construcción. ¿Eso se amortiza?.

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Para determinar si un elemento patrimonial forma parte del Inmovilizado Material debe tomarse en consideración, primero, su MATERIALIDAD. En este caso, resulta evidente que un RÓTULO tiene consistencia física o materialidad.
En segundo término debemos considerar el PLAZO DE PERMANENCIA en el patrimonio de la empresa. Si el rótulo ha de permanecer por un periodo de tiempo SUPERIOR A UN EJERCICIO ECONÓMICO, será un elemento del INMOVILIZADO MATERIAL. Si por el contrario, su periodo de permanencia (vida útil efectiva) es INFERIOR A UN EJERCICIO ECONÓMICO no formará parte del Inmovilizado Material.
En el primer caso, el rótulo será susceptible de AMORTIZACIÓN.
En el segundo, se registrará como un GASTO CORRIENTE del ejercicio en curso.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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