Retenciones

Hola, ya presenté el modelo 110 4/t el 20 de enero de 2005, pero ahora tengo una factura de septiembre/04 con retención que me olvidé introducir en el modelo 110. ¿La puedo dejar para contabilizarla con su retención en enero de 2005? Sé que a efectos del iva no hay problema en deducirlo en enero, pero, ¿qué pasa con la retención? Muchas gracias
Respuesta
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Debes hacer un impreso complementario y modificar el modelo 190 si aun no lo has presentado. Es conveniente que lo hagas pues hacienda lo detectará cuando la persona a la que le hayas retenido lo declare como pago a cuenta de su renta, lo llamarán y tendrás un requerimiento para que ingreses dicha cantidad. La sanción y los intereses serán mucho mayores que si lo haces ahor de esta forma es posible que no te venga ninguna sanción, depende de la Delegación de Hacienda a que pertenezcas; Aunque por Ley de deben sancionar.
Un saludo. Fulma.

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