Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
De los Boletines de Cotización a la Seguridad Social, el TC1 ES OBJETO DE REGISTRO CONTABLE por cuanto refleja el importe devengado como SEGURIDAD SOCIAL A CARGO DE LA EMPRESA - partida (642) - y las RETENCIONES POR SEGURIDAD SOCIAL PRACTICADAS A LOS TRABAJADORES - partida (476) -. El TC2 recoge las COTIZACIONES INDIVIDUALES y no es objeto de registro contable. Los DATOS aportados por el TC1 se integran en el asiento general de Nóminas. A saber: El registro contable del devengo de los salarios es el siguiente: (640) Por el importe bruto (sin deducciones) de la Nómina. (642) Por el importe de la aportación a la S.S. a cargo de la empresa. A (465) Por el importe líquido debido a los trabajadores. A (4751) Por el importe de las retenciones a cuenta del IRPF. A (476) Por el importe a pagar a la S.S. (aportación de la empresa + cuotas retenidas a los trabajadores) En el momento de proceder al pago efectivo de la Nómina: (465) a (572) Por el importe líquido. Si previamente se han abonado ANTICIPOS a algunos trabajadores, la cuenta (460) presentará un SALDO DEUDOR. En el momento de liquidar la Nómina: (465) Por el importe líquido de la Nómina. A (460) Por el importe de los ANTICIPOS. A (572) Por la diferencia pendiente de pago. Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.