Problemas con las fianzas.

Mi problema es que la cámara de la propiedad nos ha devuelto la fiaza de un inquilino que ha fianalizado su contrato de arrendamiento. Como este inquilino nos debía un par de mensualidades no se le devolvió la fianza para poder saldar su cuenta. ¿Cómo contabilizo esto?

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La FIANZA constituida y depositada en la Cámara de la Propiedad debía estar registrada contablemente en la partida (260).
Por otra parte, la FIANZA recibida del ARRENDATARIO debía estar registrada en la partida (180).
Al concluir el Contrato de Arrendamiento se habrá registrado contablemente la aplicación de la FIANZA recibida a la cobertura de las RENTAS ARRENDATICIAS no percibidas:
(180X) a (430X)
Por el importe de la RENTAS no satisfechas por el ARRENDADOR.
Al recibir la devolución de la FIANZA depositada en la Cámara de la Propiedad:
(572) a (260X)
Por el importe de la Fianza recuperada.
Si el importe de la FIANZA fuese MAYOR que el de las RENTAS DEBIDAS se procedería a liquidar la DIFERENCIA A FAVOR DEL ARRENDADOR:
(180X) a (572)
Por el importe restante.
Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.

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