Amortización

Tengo una factura de de venta por bonificación (rappels por compra) y me han comentado que la puedo amortizar en cinco años. Me gustaría que me indicarais si esto es así y de serlo que cuentas tendrían que ser para su amortización.

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Los únicos elementos AMORTIZABLES son los del INMOVILIZADO.
Un "Rappel" por Compras constituye un INGRESO CORRIENTE del ejercicio en el que se ha devengado y como tal se registrará en la partida (609).
Siendo un INGRESO CORRIENTE, mediante el denominado proceso de REGULARIZACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS, que se realiza en la fecha de CIERRE DEL EJERCICIO, se imputará a PÉRDIDAS Y GANANCIAS (partida (129)) del ejercicio en cuestión.
Quien le haya dicho UNA BARBARIDAD TAL no debería merecer su confianza.
Un atento saludo.

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