Provisión de fondos

Me gustaría saber a cuenta realmente se ha de imputar las provisiones de fondos que te hacen las gestorías en concepto de tramitación y pago de impuestos. Somos una promotora y cada vez que efectuamos una venta la gestoría nos hace una provisión para la cancelación de hipoteca que grava la finca vendida, yo hasta la fecha dicha provisión la ponía en una 566, pero consultándolo con mi jefe me propone un 4009. Tu que opinas

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Revisado el plan general de contabilidad, el concepto de provisión de fondos que describes no encaja con la definición de depósito o fianza. Me inclino más por la posición de tu jefe aunque aún se la puedes matizar más.
La cuenta propuesta por el PGC-90 que mejor encaja en la descripción que has dado es la cuenta 407 Anticipos a proveedores.

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