Depósito de cuentas

En una SL que no tuvo actividad el año anterior, legalizamos los libros con el asiento de apertura y el de cierre. Mi pregunta es ¿tenemos qué depositar estos libros?, la cuenta de p y g del año pasado no existe, ¿qué libros y cómo hay que presentar a depósito?. Estoy bastante apurada.

1 respuesta

Respuesta
1
Aunque no tengas actividad debes llevar los libros a registrar, en este caso sólo tendrás el balance y los asientos de apertura y cierre del ejercicio; después debes presentar el impuesto de sociedades sólo con el balance e indicar que no ha tenido actividad en este ejercicio, y por último presentar el depósito de cuentas con el balance y en la cuenta de p y g indicar que es sin actividad (poner "SIN ACTIVIDAD") y ya está.
Lo que me dices sobre el registro de libros, ¿te refieres a la legalización de éstos que hicimos en abril o es otro requisito?, si es así supongo que será también en el registro mercantil. Me han comentado que las cuentas hay que presentarlas en un notario, ¿en este caso si como parece no hay que presentar memoria también hay que ir al notario?. Gracias por tus aclaraciones.
Bien, muchas gracias ha sido una respuesta clara y me ha solucionado mis dudas. Saludos
Sí, la legalización de libros es en abril y es llevarlos al registro, así que ya lo tenéis hecho. Luego, el depósito de cuentas se presenta el 30 de julio y se compra en el registro mercantil; consta por una parte del modelo DC3 que es una certificación que realiza el administrado de la sociedad que la firma y eso se lleva al notario a legalizar esa firma, después hay que rellenar los datos de identificación de la empresa, el balance abreviado y la cuenta de PYG, y una memoria explicativa con la fecha de constitución de la sociedad, el domicilio y objeto social y el comentario de que la empresa no ha realizado ninguna actividad en el ejercicio 2004.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas