Seguros
Buenos días, tengo una duda.
Resulta que en la empresa se nos ha roto un cristal, lo hemos arreglado mediante una cristalería, la cual nos ha emitido una factura y se la hemos pagado. Dicha factura (copia), se la hemos pasado al seguro para que nos la pague, y nos pagan sólo la base imponible.
Alguien me puede decir porqué sólo pagan la BI, ¿y cómo contabilizar ésta devolución por parte de la Compañía de seguros? Gracias.
Resulta que en la empresa se nos ha roto un cristal, lo hemos arreglado mediante una cristalería, la cual nos ha emitido una factura y se la hemos pagado. Dicha factura (copia), se la hemos pasado al seguro para que nos la pague, y nos pagan sólo la base imponible.
Alguien me puede decir porqué sólo pagan la BI, ¿y cómo contabilizar ésta devolución por parte de la Compañía de seguros? Gracias.
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Respuesta de Javier Asesor contable-fiscal Navarra
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