Tengo que contabilizar el impuesto de sociedades del 2004, el problema es que por error de la gestoría, en el 2004 se liquidaon mal los pagos a cuenta del impuesto, y hacienda nos reclamo la diferencia que se pago en 2005. ¿Cómo debo contabilizar estos pagos fracionados pagados en 2005y que pertenecen a 2004? Gracias
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
En el momento del PAGO (47302004) Por el IMPORTE NETO de los pagos a cuenta debidos a la AEAT (sin intereses de demora, recargos ni sanciones). (66972004) Por el importe de los INTERESES DE DEMORA devengados sobre los pagos a cuenta ingresados fuera de plazo. (67972004) Por el importe de los RECARGOS y SANCIONES aplicados por el ingreso fuera de plazo de los pagos a cuenta. A (572) Por el IMPORTE TOTAL satisfecho a la Hacienda Pública por los pagos a cuenta ingresados fuera de plazo. Debe tenerse en cuenta que, a efectos del Impuesto de Sociedades los INTERESES DE DEMORA tienen naturaleza financiera y constituyen un GASTO DEDUCIBLE. En cambio, los RECARGOS y otras SANCIONES que se hayan derivado del ingreso fuera de plazo de los pagos a cuenta, NO SON GASTO DEDUCIBLE y, por tanto, deberá realizarse el correspondiente AJUSTE EXTRA CONTABLE (diferencia permanente) en la LIQUIDACIÓN del Impuesto. Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. No dude en formular NUEVAS CONSULTAS (una vez finalizada y valorada ésta) para resolver sus dudas.