Duda contable

Buenos días, mi pregunta es la siguiente, hemos contratado un dominio web por el cual pagamos una cuota anual y quiero saber si es correcto contabilizarlo con cargo a la cuenta de gasto 627 (publicidad y relaciones publicas)
Gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
Encaja bastante bien.
También encaja bien en arrendamientos, pues tienes "alquilado" un trozo de un servidor que tiene tu página web para mostrarla a los demás.
Pero como es un gasto y lo estás contabilizando como un gasto, el impacto en la presentación de cuentas anuales es el mismo de contabilizarlo en una cuenta o en otra.
Y dependiendo del tamaño de la empresa, aplicando el principio de importancia relativa, tampoco es tan importante donde esté contabilizado.
Así que donde más rabia te dé.
Eso sí, si tienes conceptos como desarrollo de página web y alojamiento de la página, deberías separarlos.
El gasto de crear la página lo podrías activar y amortizarlo en el período de vida útil de la página.
El alojamiento en un servidor de esa página web sí sería gasto que habría que periodificar o no dependiendo del período.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas