Administrador no residente

Mi pregunta es sobre el IVA a deducir en la compra de un turismo, a nombre de la empresa (coche que no se usa para reparto, etc...). Mi jefe, que es holandés, dice que el % a deducir de iva es del 100% y no del 50% cuando el administrador de dicha sociedad es "no residente", y que hay cierta jurisprudencia al respecto. El caso es que en Hacienda me han dicho que es el 50%. ¿Qué hay de cierto en este tema?, y si hay jurisprudencia, ¿dónde puedo localizarla?. Gracias por vuestra ayuda.

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Hacienda lo deja muy claro en el tema de los turismos para empresas, como el turismo estará dedicado a satisfacer las necesidades de la persona en su trabajo, pero también lo va a utilizar en su tiempo libre, nos dice que el iva de esa compra se deducirá en un 50% nunca al 100% por tratarse de turismo, se para quien sea, residente como no residente porque ese vehículo se disfruta tanto para la empresa como para uso particular. Ademas aunque tu jefe sea holandés la empresa sera española y debe adaptarse a la juisprudencia del país en cuestión.

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