Fra. Del registro mercantil

Quisiera saber como se contabiliza una fra. Del registro en la que hay los siguientes conceptos:
-Honorarios del registro: ¿30,54?
-IVA: 4,89 ?
-Retención IRPF: -¿4,58?
TOTAL: ¿30,85?

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Supongo que tu problema vendrá por la contabilización de la retención a cuenta. Por lo demás, se contabiliza como si de cualquier factura se tratase. En definitiva, se contabiliza:
30,85(623)El gasto
4,89(472)IVA soportado
a (475) 4,58
a (410)30,85
Debes recordar que la cantidad contabilizada en la (475) es una cantidad que tú estás reteniendo y que debes ingresar en hacienda. Si te fijas, en lugar de deber los 35,43 que son los honorarios y el iva, sólo le debes 30,85, y lo otro lo retienes hasta que lo ingreses en hacienda. Esta liquidación, por si no lo supieras, se hace a través del modelo 110, y tienes de plazo, en principio, hasta el día 20 de mes siguiente a la fecha de la factura.
Por tanto, cuando liquides tu deuda, contablemente harás:
(475) a (57)
Y con la deuda con tu acreedor pues el tratamiento normal de cualquier deuda. En el momento en que pagues liquidas saldos y ya está:
(410) a (57)

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