Dirección facultativa

Estoy contabilizando la construcción de una casa rural. Van a solicitar una subvención. La duda que tengo es si el proyecto de la obra y la dirección facultativa se contabiliza como gasto o como inmovilizado, puesto que este apartado es suvencionable.

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En un negocio cuya actividad es el turismo rural, la casa y cualquier mejora/rehabilitación se considera un INMOVILIZADO, valorado a precio de adquisición o coste de producción. Por lo tanto, el proyecto de obra y la dirección facultativa, así como el resto de costes derivados de la rehabilitación o construcción, son un inmovilizado. Cuando os concedan la subvención, si va destinada a la rehabilitación de la casa, ésta la contabilizarás como SUBVENCIÓN OFICIAL DE CAPITAL (cuenta 130 o 131, y cada año, cuando amortices la casa, imputarás a ingreso esa parte de la subvención que es gasto de amortización). Si la subvención también fuera del tipo subvención a la explotación (a la actividad: cursos, recuperación de terreno agrícola, granja rural, etc), entonces debes contabilizarlo a las cuentas 740 o 741 directamente.

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