Tengo dudas con unos gastos anticipados
El Gerente quiere que un gasto por prestación de servicios de 10000 Euros de Base imponible y 1600 Euros de Iva, de un Acreedor nuestro cuya factura recibiremos con fecha de 31 de enero de 2006 la contabilicemos en este año. ¿Podemos en este ejercicio darnos el gasto al debe (629) al haber la (480) gastos anticipados, y al año siguiente en el Debe cacelar la (480) por 10000 Euros (472) Iva Soportado y al Haber (410) Acreedores? En el caso de que esto no se pueda hacer que asiento sería el correcto.
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Respuesta de dsc1976
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