Saldo pendiente en la 465

Hola, mi consulta es la siguiente: Tengo un saldo pendiente en la cta. 465 correspondiente a una indemnización que no se va a pagar, ¿cómo puedo eliminar ese saldo?
Muchas gracias.
Respuesta
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Para tener ese SALDO usted imputó un determinado importe a UNA CUENTA DE GASTOS relacionada, por naturaleza, con la indemnización en cuestión (probablemente una cuenta del tipo 64XX).
Si, por la razón que sea, esa indemnización ya no corresponde liquidarla, deberá de considerar la existencia de un INGRESO EXTRAORDINARIO (778) o de un INGRESO PROCEDENTE DE EJERCICIOS ANTERIORES (779), según sea que el GASTO se devengó durante el ejercicio corriente o en otro anterior.
Así pues, cancelará el SALDO ACREEDOR de la partida (465) mediante el asiento:
(465) a (778) / (779)
Por el importe del saldo existente.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. Una vez FINALIZADA y VALORADA esta consulta, no dude en plantear NUEVAS preguntas para resolver sus dudas.

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