¿Cómo deberíamos contabilizar la devolución de un pagaré por parte de un banco?

En su día emitimos un pagaré por una factura de compra, que a su vencimiento fue devuelto por no haber saldo, cargando sus correspondientes gastos. El caso es que más adelante, conseguimos que el banco nos ingresara parte de esos gastos. ¿Cómo deberíamos contabilizar esta devolución? ¿No son "otros ingresos financieros"?
Muchas gracias por todo.

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1º. Los GASTOS liquidados por el Banco en su momento NO ERAN DE NATURALEZA FINANCIERA, sino que debían de ser comisiones y corretajes por la devolución del pagaré.
2º. Esos GASTOS NO FINANCIEROS debieron de imputarse a una subcuenta de la partida (626).
3º. El importe recibido del Banco como devolución o compensación de esos GASTOS NO FINANCIEROS deben de registrarse como INGRESOS EXTRAORDINARIOS en una subcuenta de la partida (778).
4º. La consideración como ingresos extraordinarios se debe a los siguientes factores:
a) son ingresos AJENOS a la actividad de la empresa;
b) Son ingresos NO PERIÓDICOS.
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