¿Que tratamiento tienen las cuentas 779 y 679 en la contabilidad del impuesto de sociedades?

¿Qué tratamiento tienen las cuentas 779 y 679 en el impuesto de sociedades?

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1º. Por su naturaleza, los SALDOS de estas cuentas se REGULARIZAN al cierre del ejercicio con ABONO y CARGO respectivamente a la cuenta (129).
2º. El SALDO de la cuenta (129) constituye el RESULTADO CONTABLE a partir del cual, mediante los correspondientes AJUSTES FISCALES se obtiene la BASE IMPONIBLE del IS.
3º. Por tanto, las cuentas (779) y (679) reciben el mismo trato fiscal que el resto de partidas de su misma naturaleza.
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