Impuesto sociedades

La s.l. En cuestión el año pasada tuvo perdidas por lo que se contabilizo en la cuenta 4745 por el crédito a compensar, este año también tiene perdidas pero no se prevé que se puedan compensar en el futuro. ¿cómo se contabilizaría el i.s? ¿Y qué se hace con la cuenta 4745?
Saludos

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Respuesta
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Exactamente. Tal como lo dices.
Gracias por la respuesta, entonces, yo entiendo que la cuenta 4745 la saldo con la cuenta 633, ¿y en el ejercicio 2.005 no contabilizo ningún asiento del impuesto de sociedades no?
La norma contable indica que no se debe contabilizar el crédito si no existe probabilidad sobre su recuperación. Yo no lo contabilizaría y en consecuencia te propongo que des de baja la cuenta 4745 que creaste el ejercicio anterior. No dudes en consultarme si tienes alguna pregunta.

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